Orden de 30 de julio de 2024,de la Consej. de Inc. Soc.,Juventud, Familias e Igualdad, conv. subv., en rég. de conc.comp., para entidades privadas sin ánimo de lucro para actividades de interés general con cargo 0,7% del IRPF ejer. 2024-Línea 2 Obras
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD
Importe total: 6.833.567 €
Apertura del plazo: 03 de agosto de 2024
Cierre del plazo: 06 de septiembre de 2042
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Educación preprimaria, Otras actividades de servicios sociales sin alojamiento
Ámbito territorial: Andalucía
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 778096
A quién va dirigida
Esta convocatoria va dirigida a entidades privadas sin ánimo de lucro cuyo objeto o fin social sea la atención de personas o colectivos en los ámbitos de los servicios sociales y la promoción social en Andalucía, así como a la Cruz Roja.
Qué se subvenciona
Se subvencionan proyectos de inversión con fines sociales en materia de obras (Línea 2), de acuerdo con las actuaciones establecidas en el Anexo A de la convocatoria.
Cuantía
El presupuesto total destinado a esta Línea 2 es de 6.833.567,08 euros. La subvención concedida puede alcanzar hasta el 100% del importe solicitado.
Existe la posibilidad de disponer de una cuantía adicional máxima por la diferencia que resulte de la distribución definitiva de la asignación tributaria del 0,7% del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades, sin que ello requiera una nueva convocatoria.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: Desde el 3 de agosto de 2024 hasta el 6 de septiembre de 2024 inclusive.
Cómo solicitarla: De forma telemática, a través del Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, en la dirección electrónica específica habilitada para la Línea 2. Las solicitudes deben dirigirse a la persona titular de la Dirección General de Prestaciones, Ayudas y Subvenciones.
Preguntas frecuentes
¿Qué procedimiento de tramitación se aplica a estas subvenciones?
Se tramitan por el **procedimiento de urgencia** y se conceden en régimen de **concurrencia competitiva**.
¿Dónde se pueden descargar los formularios para la solicitud?
Los formularios de solicitud (Anexo I), alegaciones y aceptación (Anexo II) y reformulación (Anexo III) se pueden obtener en la dirección de internet específica de la Junta de Andalucía para la Línea 2: **https://juntadeandalucia.es/organismos/inclusionsocialjuventudfamiliaseigualdad/servicios/procedimientos/detalle/25534.html**
¿Se puede aumentar el presupuesto de la convocatoria una vez publicada?
Sí, se prevé la posibilidad de aplicar una **cuantía adicional** según el reparto final de fondos del Consejo Territorial, así como utilizar eventuales aumentos sobrevenidos de crédito para dictar una resolución complementaria que beneficie a entidades que quedaron en reserva.