CONVOCATORIA SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS PARA PROGRAMAS DE INTERVENCION SOCIAL CON IMIGRANTES LÍNEA E).
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN
Importe total: 244.260 €
Apertura del plazo: 16 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 13 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Administración pública y de la política económica, social y medioambiental
Ámbito territorial: Andalucía · Jaén
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 934989
A quién va dirigida
Esta convocatoria está destinada exclusivamente a los Ayuntamientos de la provincia de Jaén con una población inferior a 20.000 habitantes.
Requisitos
Para poder optar a estas subvenciones, es un requisito indispensable que las solicitudes cuenten con el Informe Técnico de Viabilidad (Anexo III) favorable de la actuación a subvencionar, emitido por la Dirección del Centro de Servicios Sociales Comunitarios.
Qué se subvenciona
Se financia la Línea E) Programas de Intervención Social con Población de origen Inmigrante en el Ámbito Local, enmarcada en el Área de Igualdad, Políticas Sociales y Juventud para el ejercicio 2027.
Cuantía
La convocatoria cuenta con un importe total de 244.260,00 euros. El pago de esta subvención se realizará por anticipado.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén (con apertura el 16 de octubre de 2026 y cierre el 13 de noviembre de 2026). Si el último día del plazo fuera inhábil, este finalizará el siguiente día hábil.
Las solicitudes se deben presentar de forma obligatoria por vía telemática a través de la sede electrónica de la Diputación de Jaén en la dirección https://sede.dipujaen.es/AyudaSubvenciones, utilizando el Anexo I. Los anexos están disponibles en http://www.dipujaen.es y en https://sede.dipujaen.es.
Obligaciones
Los ayuntamientos beneficiarios tienen la obligación de justificar la subvención de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ordenanza reguladora del Área de Igualdad y Bienestar Social. El plazo máximo fijado para presentar esta justificación es el 30 de abril de 2028.
Preguntas frecuentes
¿Es compatible esta subvención con otras ayudas?
Sí, esta convocatoria es **compatible** con la percepción de otras subvenciones.
¿Cómo se realiza el pago de la ayuda?
El pago de la subvención a los ayuntamientos beneficiarios se efectuará de forma **anticipada**.
¿Cuál es el método de concesión de estas subvenciones?
Estas ayudas se otorgan bajo el régimen de **concurrencia no competitiva**.