Acuerdo de Junta de Gobierno de 23 de septiembre de 2026 de aprobación de la modificación de la Convocatoria de concesión de subvenciones del programa Primera Oportunidad 2026 para contratación de titulados universitarios y de FP
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA
Importe total: 1.440.000 €
Apertura del plazo: 24 de septiembre de 2026
Cierre del plazo: 23 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS, ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN
Ámbito territorial: Andalucía · Málaga
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 931498
A quién va dirigida
Esta convocatoria está dirigida a empresas (entidades mercantiles con ánimo de lucro, incluyendo cooperativas de trabajo), autónomos/as, profesionales y entidades del tercer sector (organizaciones privadas sin ánimo de lucro como asociaciones, fundaciones y sus federaciones) que contraten a jóvenes titulados.
Requisitos
Para poder ser beneficiarios, los empleadores deben cumplir las siguientes condiciones:
Desarrollar su actividad en un centro de trabajo ubicado en Málaga y/o su provincia.
Estar de alta como empleador en la Seguridad Social en el momento de presentar la solicitud.
No haber sido condenados por sentencia judicial firme o sancionados por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales o discriminación en los dos años anteriores a la apertura del plazo.
No haber sido condenados por sentencia judicial firme por despido improcedente o nulo en el año inmediatamente anterior a la apertura del plazo.
Que el contrato no sustituya a trabajadores que hayan estado contratados en los tres meses anteriores bajo la misma modalidad y en el mismo puesto (salvo extinción regular o renuncia).
No haber sido beneficiarios del Programa Primera Oportunidad en las convocatorias de la anualidad anterior (salvo renuncia por causas ajenas).
Para subvenciones superiores a 30.000 euros, acreditar el cumplimiento de los plazos de pago de la Ley de Morosidad comercial mediante la presentación de los Anexos V, VI, VII y VIII correspondientes.
Los jóvenes contratados deben cumplir según la línea de ayuda:
Línea 1 (Titulados universitarios):
Menores de 30 años (o 35 años si tienen una discapacidad igual o superior al 33%).
Título obtenido en la Universidad de Málaga (UMA) o en la UNED (Consorcio de Málaga), habiendo sido preseleccionados por estas instituciones.
Sin experiencia profesional previa vinculada a los estudios superior a tres meses.
Sin parentesco de consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado con el empleador o cargos de dirección.
Línea 2 (Formación Profesional y equivalentes):
Menores de 30 años (o 35 años con discapacidad igual o superior al 33%).
Título de FP de Grado medio o superior, especialista, máster profesional, certificado del sistema de FP o equivalente en enseñanzas artísticas o deportivas, obtenido en centros acreditados de Málaga.
Sin experiencia profesional previa vinculada a los estudios superior a tres meses.
Sin parentesco de consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado con el empleador o cargos de dirección.
Qué se subvenciona
Se subvenciona la contratación de jóvenes titulados sin experiencia previa mediante la modalidad de contrato formativo para la obtención de la práctica profesional. Las contrataciones se dividen en dos líneas:
Línea 1: Contratación de titulados universitarios.
Línea 2: Contratación de titulados en Formación Profesional de grado medio o superior, especialista, máster profesional, certificado del sistema de FP o equivalentes de enseñanzas artísticas y deportivas.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes se abre el 24 de septiembre de 2026 y finaliza el 23 de diciembre de 2026 (permanecerá abierto 60 días hábiles desde la publicación del extracto, o hasta agotar el presupuesto de 1.440.000 EUR). Se puede presentar un máximo de 2 solicitudes por cada línea.
La presentación se realizará de la siguiente forma:
Obligados a relacionarse electrónicamente: A través del Registro electrónico de la Diputación de Málaga (http://sede.malaga.es/registro-electronico/) o del Registro Electrónico Común de Red SARA (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do) dirigiéndose al Servicio de Empleo.
Resto de interesados (no obligados a tramitación electrónica): En las vías electrónicas anteriores, en oficinas de Correos (sobre abierto y correo certificado), representaciones diplomáticas/oficinas consulares, o en las oficinas de registro de la Diputación o administraciones públicas integradas en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR).
Los formularios y anexos obligatorios están disponibles en la web www.malaga.es.
Preguntas frecuentes
¿Puedo contratar a un familiar directo para recibir la ayuda?
No. Está prohibido contratar a personas que tengan una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el **segundo grado** inclusive con el empresario autónomo o con los miembros de los órganos de dirección o administración de las empresas.
¿Se considera experiencia previa haber hecho prácticas curriculares?
No. Los periodos de formación o prácticas que formen parte del plan de estudios para obtener el título académico **no se computan** dentro del límite máximo de **tres meses** de experiencia profesional previa.
¿Se puede formalizar el contrato antes de que concedan la ayuda?
Sí. El contrato formativo para la obtención de la práctica profesional se puede formalizar **desde la fecha de presentación de la solicitud** de la subvención.