RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DEL ICA, POR LA QUE SE CONVOCAN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS CULTURALES CON ESPECIAL IMPACTO SOCIAL. EDICIÓN 2026.

INSTITUTO DE INDUSTRIAS CULTURALES Y DE LAS ARTES DE LA REGIÓN DE MURCIA ( ICA )

A quién va dirigida

Esta ayuda está dirigida a:

Quedan excluidas las administraciones o entidades públicas, universidades y centros educativos, asociaciones de estudiantes, de padres/madres, colegios profesionales y asociaciones de vecinos. Tampoco podrán optar quienes en 2026 hayan recibido del ICA subvenciones nominativas, de concesión directa, de otras convocatorias o contratos de patrocinio.

Requisitos

Para solicitar la ayuda, debes cumplir las siguientes condiciones:

Qué se subvenciona

Se financian proyectos culturales de especial impacto social celebrados en la Región de Murcia, entendidos como iniciativas que buscan transformaciones significativas a través de la cultura en los sectores de artes audiovisuales, artes escénicas, artes plásticas y visuales, cine, diseño, libros, moda, música y danza.

No se consideran actividades culturales a efectos de esta ayuda:

Cuantía

El importe total de la convocatoria es de 400.000 €. Las ayudas se conceden mediante importes fijos según el presupuesto global del proyecto:

Estas ayudas están sometidas al régimen de minimis, por lo que el total de ayudas de este tipo concedidas a una misma empresa no puede superar los 300.000,00 € en un periodo de tres años.

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de presentación de solicitudes comienza el 22 de septiembre de 2026 y finaliza el 31 de diciembre de 2026.

Al tratarse de una convocatoria de concurrencia no competitiva, las solicitudes se resolverán por estricto orden temporal de presentación hasta el agotamiento del crédito disponible. La solicitud debe presentarse de forma electrónica a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Se admite un único proyecto por solicitante.

Obligaciones

Las personas beneficiarias tienen la obligación de justificar la totalidad de los gastos del proyecto, y no únicamente la parte correspondiente a la ayuda económica recibida.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se seleccionan los proyectos beneficiarios?

Al ser una convocatoria no competitiva, no se comparan los proyectos entre sí. Se conceden las ayudas por orden de presentación de la solicitud, una vez verificado el cumplimiento de todos los requisitos, hasta agotar los **400.000 €** del fondo.

¿Se puede presentar un festival o actividad que se celebra por primera vez?

No. Uno de los requisitos obligatorios es acreditar que el proyecto objeto de la subvención cuenta, como mínimo, con **dos ediciones anteriores**.

¿Tengo que justificar solo el dinero que me da el ICA?

No. Las bases indican explícitamente que los beneficiarios están obligados a justificar la **totalidad de los gastos del proyecto**, no solo el importe de la ayuda recibida.

Convocatoria oficial

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