Resolución de 16 de octubre de 2026, de la Directora General del SEF, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para el desarrollo por EELL de Programas experienciales de carácter general, dirigidos a personas desempleadas, 2026

SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN (SEF)

A quién va dirigida

A las Entidades locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como a sus organismos autónomos y entidades dependientes o asimiladas cuya titularidad les pertenezca íntegramente, siempre que por finalidad y competencia puedan ejecutar estos proyectos.

Las entidades solicitantes pueden incluir en su solicitud la colaboración o patrocinio de entidades privadas (preferentemente de utilidad pública o interés social) para favorecer la inserción laboral o la ejecución del proyecto, previa autorización del SEF.

Las acciones van destinadas a personas desempleadas, no ocupadas e inscritas en las oficinas de empleo.

Qué se subvenciona

La financiación y puesta en marcha de Programas Experienciales, configurados como programas mixtos de empleo y formación de carácter general. Su objetivo es alternar la formación y cualificación profesional con el trabajo efectivo para mejorar la inserción laboral de las personas participantes.

La ayuda cubre:

Cuantía

El presupuesto total de la convocatoria es de 8.700.044,00 euros, financiado con cargo al ejercicio 2026 con fondos del Servicio Público de Empleo Estatal.

El importe individual concedido a cada entidad dependerá del cálculo de los gastos de formación, educación complementaria, funcionamiento del proyecto y salarios del alumnado-trabajador adscrito.

Plazo y cómo solicitarla

Preguntas frecuentes

¿Pueden participar entidades privadas en estos programas?

Sí. Las entidades locales pueden incorporar el patrocinio de entidades privadas (preferentemente de utilidad pública o interés social) describiendo su participación concreta en la solicitud, la cual debe ser autorizada expresamente por el SEF.

¿A qué personas deben atender estos proyectos?

Deben dirigirse a personas desempleadas que se encuentren no ocupadas y consten formalmente inscritas como demandantes en las oficinas de empleo.

¿Qué costes asume la ayuda para cada entidad beneficiaria?

La ayuda financia los gastos salariales del alumnado-trabajador, los costes derivados de las acciones formativas y la educación complementaria, así como los gastos de funcionamiento general derivados del proyecto.

Convocatoria oficial

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