RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES Y LAS ARTES DE LA REGIÓN DE MURCIA, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS ECONÓMICAS PARA MOVILIDAD NACIONAL E INTERNACIONAL DE PROFESIONALES DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES Y CREATIVAS.
INSTITUTO DE INDUSTRIAS CULTURALES Y DE LAS ARTES DE LA REGIÓN DE MURCIA ( ICA )
Importe total: 30.000 €
Apertura del plazo: 13 de julio de 2026
Cierre del plazo: 30 de julio de 2027
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO
Ámbito territorial: Murcia
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 918808
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica (profesionales y artistas independientes) en el sector de las industrias culturales y creativas. Quedan excluidas las personas jurídicas privadas, las administraciones públicas y cualquier entidad, asociación o fundación sin ánimo de lucro.
Las disciplinas culturales incluidas son: artes escénicas, artes plásticas y visuales, audiovisual, creación literaria, musical y teatral, diseño, moda, y producción y edición musical.
Si varios profesionales independientes deciden codesarrollar un proyecto, pueden solicitar la ayuda constituyendo una agrupación de titulares mediante un documento privado de colaboración.
Requisitos
Tener la residencia fiscal en la Región de Murcia o ser natural de la Región de Murcia.
Estar al corriente de las obligaciones fiscales y tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Agencia Tributaria de la Región de Murcia y la Seguridad Social.
No estar en servicio activo ni mantener relación laboral con el Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia (ICA).
Presentar un único proyecto por solicitante, sin poder concurrir de forma individual y en agrupación a la vez.
En el caso de exposiciones, el centro expositivo no puede pertenecer a la galería, marchante o profesional que represente al artista, ni puede existir una relación mercantil, laboral o de dependencia económica.
Qué se subvenciona
La asistencia de los profesionales, fuera de la Región de Murcia, a:
Exposiciones propias.
Residencias artísticas.
Ferias.
Otros eventos culturales.
El periodo de ejecución para desarrollar el proyecto y realizar los gastos es desde el 1 de enero de 2026 hasta el 30 de junio de 2027. Los costes no pueden ser aportados ni valorados en especie (como cesiones gratuitas de espacios, alojamiento o transporte).
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria es de 30.000,00 €. Las ayudas se conceden de forma individual según el gasto solicitado:
Importe solicitado inferior a 1.500,00 €: se concede la cuantía solicitada.
De 1.500,00 € a 2.999,00 €: se conceden 1.500,00 €.
De 3.000,00 € a 4.999,00 €: se conceden 3.000,00 €.
De 5.000,00 € en adelante: se conceden 5.000,00 €.
Estas ayudas se otorgan bajo el régimen de concurrencia no competitiva, asignándose por estricto orden de presentación hasta agotar el crédito disponible.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes comienza el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BORM y finaliza el 30 de junio de 2027.
La solicitud (Anexo I) se puede presentar:
Por vía telemática a través de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (www.sede.carm.es), buscando el procedimiento 2385.
En cualquiera de los registros previstos por la ley de procedimiento administrativo común, descargando el modelo en www.icarm.es.
Obligaciones
Justificar la actividad en el plazo de un mes a contar desde el fin del periodo de ejecución del proyecto.
Presentar una cuenta justificativa simplificada que incluya: una memoria de actuación, muestras de la publicidad donde figure la colaboración (carteles, folletos, etc.), y una memoria económica detallada de ingresos y gastos.
Justificar la totalidad de los gastos del proyecto, y no únicamente la parte financiada por la ayuda recibida.
Preguntas frecuentes
¿Es compatible esta ayuda con otras subvenciones?
No es compatible con ninguna otra ayuda otorgada por el propio **ICA**. Sí es compatible con ayudas de otras administraciones públicas para el mismo proyecto, siempre que no se financie el mismo coste con distintos fondos.
Si presento varias solicitudes para distintos proyectos, ¿cuál se tiene en cuenta?
Se considerará válida únicamente la **primera solicitud registrada en plazo**, quedando inadmitidas todas las posteriores, salvo que desistas expresamente de la primera.
¿Puedo pagar el proyecto con colaboraciones o servicios en especie?
No. La aportación del solicitante para financiar el proyecto no puede realizarse mediante la cesión gratuita de espacios, materiales, transporte o alojamiento.