CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Esta convocatoria está destinada a dos perfiles de beneficiarios:
En ambos casos, debe recaer sobre el beneficiario la carga financiera, la responsabilidad final de los gastos subvencionables y la realización de la actividad.
Quedan excluidas las empresas en crisis o con órdenes de recuperación pendientes de la Comisión Europea. Las comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica también pueden optar si cumplen la normativa aplicable.
La promoción de los productos alimentarios de Cantabria a través de dos líneas de actuación:
El importe total máximo destinado a esta convocatoria es de 500.000 EUR, distribuido inicialmente de la siguiente manera:
Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier ente público o privado, nacional o internacional. El importe de la ayuda recibida en ningún caso podrá superar el coste de la actividad subvencionada.
El plazo de presentación de solicitudes está abierto desde el 16 de septiembre de 2026 y finalizará el 12 de febrero de 2027.
Las solicitudes y sus correspondientes anexos se deben presentar en el Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, o en cualquier otro registro o lugar previsto por la Ley de Cantabria 5/2018.
Sí, estas ayudas **son compatibles** con cualquier otra subvención, ingreso o recurso para la misma finalidad de procedencia pública o privada, siempre y cuando el importe total de las ayudas no supere el coste de la actividad subvencionada.
No, quedan expresamente excluidas de esta convocatoria las empresas que se encuentren en situación de crisis según las Directrices Comunitarias, así como aquellas con órdenes de recuperación pendientes de la Comisión Europea.
Más subvenciones de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación · Subvenciones en Cantabria