Acuerdo de 09/06/2026 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Lousame por el que se aprueban las bases y se convocan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la promoción de festejos populares

AYUNTAMIENTO DE LOUSAME

A quién va dirigida

A las comisiones y asociaciones organizadoras de fiestas patronales y populares sin ánimo de lucro que desarrollen sus actividades en el Ayuntamiento de Lousame.

Requisitos

Qué se subvenciona

Los costes de organización de actividades lúdicas y culturales dirigidas a la población con motivo de las fiestas, así como las actuaciones musicales contratadas para amenizar los festejos.

El período subvencionable abarca las actividades realizadas entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de octubre de 2026. Los gastos deben acreditarse mediante factura y justificante de pago. El IVA no es subvencionable si es recuperable por la entidad.

Cuantía

El presupuesto total de la convocatoria es de 3.600,00 € (partida 338.48000).

La ayuda se repartirá de forma proporcional a los puntos obtenidos por cada solicitud. Si se supera el crédito disponible, se prorrateará entre los admitidos. Si sobra presupuesto, se repartirá a partes iguales entre los beneficiarios. El importe de la ayuda no podrá superar el presupuesto presentado por la asociación.

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de presentación está abierto desde el día siguiente a la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña hasta el 31 de octubre de 2026.

La solicitud se debe presentar en el Registro General del Ayuntamiento (presencial o a través de la sede electrónica) o por las vías del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, aportando:

Criterios de valoración

El reparto económico se calculará según la siguiente puntuación:

Obligaciones

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio utilizar el gallego en la difusión de las fiestas?

Sí. No se subvencionarán aquellos proyectos que excluyan la lengua gallega, la cual debe ser la lengua vehicular del evento y la utilizada en los soportes de difusión (carteles, folletos, redes sociales o web).

¿Se pueden presentar gastos de una fiesta celebrada en febrero de 2026?

Sí, el período de actuaciones subvencionables comprende desde el **1 de enero de 2026 hasta el 31 de octubre de 2026**.

¿Qué ocurre si la documentación presentada tiene algún error?

El Ayuntamiento concederá un plazo de **diez días** para subsanar los errores o aportar los documentos faltantes tras recibir la notificación.

Convocatoria oficial

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Subvenciones en A Coruña · Subvenciones en Galicia

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