Bases reguladoras y convocatoria para la concesión de ayudas municipales destinadas al apoyo a la natalidad en el Ayuntamiento de Meaño 2026.
AYUNTAMIENTO DE MEAÑO
Importe total: 5000 €
Apertura del plazo: 14 de agosto de 2026
Cierre del plazo: 02 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: OTROS SERVICIOS
Ámbito territorial: Galicia · Pontevedra
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 925170
A quién va dirigida
A las madres o padres que tengan, tutelen o adopten un hijo o hija.
Requisitos
Las madres o padres solicitantes deben estar empadronados en el Ayuntamiento de Meaño en el momento de la solicitud, y al menos uno de ellos con una antelación mínima de un año a la fecha del parto, tutela o adopción.
Los niños nacidos, tutelados o adoptados deben estar inscritos en el padrón municipal de habitantes del Ayuntamiento de Meaño (o con el alta cursada) y convivir con la persona solicitante en la fecha de la solicitud.
Las personas beneficiarias no deben desarrollar una actividad económica (categoría de personas físicas de la BDNS).
Qué se subvenciona
Ayudas económicas por el nacimiento, tutela o adopción de un hijo o hija con el objetivo de fomentar la natalidad en el municipio.
Cuantía
El presupuesto total destinado a estas ayudas es de 5.000,00 €. El importe que se recibe varía según el número de hijos:
Por el nacimiento del primer hijo o hija: 150 €.
Por el nacimiento del segundo hijo o hija: 200 €.
Por el nacimiento del tercer hijo o hija y siguientes: 250 €.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo para presentar las solicitudes está abierto desde el día siguiente a la publicación oficial del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (14 de agosto de 2026) y finaliza el 2 de noviembre de 2026.
Obligaciones
La madre y el padre deben comprometerse a seguir empadronados en el Ayuntamiento de Meaño, junto con sus hijos, durante un período mínimo de 2 años a contar desde el día siguiente al nacimiento, tutela o adopción.
Este empadronamiento debe ser una residencia efectiva, lo que implica que tanto los beneficiarios como los hijos deben vivir habitualmente en cualquiera de las parroquias del Ayuntamiento de Meaño (circunstancia que el ayuntamiento podrá comprobar en cualquier momento).
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo que estar empadronado antes del nacimiento o adopción?
Al menos uno de los progenitores debe estar empadronado en el **Ayuntamiento de Meaño** con una antelación mínima de **un año** respecto a la fecha del parto, tutela o adopción.
¿Existe un compromiso de permanencia en el municipio tras recibir la ayuda?
Sí, tanto los padres como los hijos deben comprometerse a seguir empadronados y residiendo de forma efectiva en el **Ayuntamiento de Meaño** durante al menos **2 años** desde el día siguiente al nacimiento, tutela o adopción.
¿Cuál es la cuantía de la ayuda si es mi tercer hijo?
Por el nacimiento del tercer hijo o sucesivos la cuantía de la ayuda económica es de **250 €**.