AYUNTAMIENTO DE SAN ANTONIO DE BENAGÉBER
Estas ayudas están dirigidas a personas de forma individual y/o unidades familiares y/o de convivencia con escasos recursos económicos que no desarrollen una actividad económica.
La finalidad de estas ayudas de emergencia social es atender situaciones concretas de necesidad o emergencia social. Se contemplan las siguientes modalidades de ayuda:
El presupuesto total de la convocatoria es de 19.429,96 EUR. El importe concedido se elevará al total de lo solicitado, con los siguientes límites máximos según el tipo de ayuda:
El plazo general para presentar las solicitudes se abre el 1 de enero de 2026 y finaliza el 31 de octubre de 2026.
De forma excepcional, se podrán admitir y tramitar solicitudes presentadas fuera de plazo y hasta el 15 de noviembre de 2026. Para ello, se requiere que la persona profesional de Trabajo Social del Equipo de Servicios Sociales de atención primaria valore la solicitud de forma motivada y que se acredite documentalmente que la necesidad apareció fuera del plazo ordinario.
Sí, excepcionalmente se pueden presentar solicitudes hasta el **15 de noviembre de 2026**. Para ello, el profesional de Trabajo Social de atención primaria debe valorar y motivar la solicitud, y se debe acreditar documentalmente que la necesidad surgió fuera del plazo ordinario.
La ayuda por suministros básicos se elevará al importe que solicites, con un límite máximo fijado en el **70% del IPREM vigente**.
Están reguladas por la Ordenanza aprobada el **22 de diciembre de 2025** por el Pleno de la Corporación del Ayuntamiento de San Antonio de Benagéber, cuya publicación definitiva consta en el Boletín Oficial de la Provincia número 67 del **10 de abril de 2026**.
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