SUBVENCIÓN NOMINATIVA al Ayuntamiento de Santander para la atención a personas sin hogar en el Centro de Acogida Princesa Letizia, para llevar a cabo diferentes intervenciones a través de diversas actividades y programas.

CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD

No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.

Ficha Divulgativa: Subvención Nominativa para la Atención a Personas sin Hogar en Santander

La Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad del Gobierno de Cantabria ha puesto en marcha una subvención nominativa destinada al Ayuntamiento de Santander. Esta ayuda tiene como objetivo fundamental garantizar y mejorar la atención a personas sin hogar a través de diversas intervenciones y programas específicos en el Centro de Acogida Princesa Letizia. Se trata de una iniciativa crucial para reforzar la red de apoyo social en la región, enfocada en uno de los colectivos más vulnerables de nuestra sociedad.

A quién va dirigida

Esta subvención está dirigida específicamente al Ayuntamiento de Santander. La naturaleza de la convocatoria es una subvención nominativa, lo que implica que el beneficiario es una entidad concreta y predeterminada por la normativa que regula esta ayuda. No está abierta a otras entidades ni a particulares.

El tipo de beneficiario definido es "PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA", lo cual es coherente con la naturaleza jurídica de un ayuntamiento.

Requisitos principales

Dado que se trata de una subvención nominativa, los requisitos principales giran en torno a la ejecución de las actividades y programas para los que ha sido concedida la ayuda. El único beneficiario es el Ayuntamiento de Santander, lo que simplifica el proceso de evaluación de requisitos previos, ya que la subvención se otorga directamente a esta entidad para una finalidad específica.

La convocatoria no detalla requisitos adicionales de participación para otros agentes, ya que no aplica a un proceso concursal. El foco estará en la correcta aplicación de los fondos por parte del Ayuntamiento para la finalidad establecida.

Qué gastos cubre

La finalidad explícita de esta subvención es "Servicios Sociales y Promoción Social", específicamente para la "atención a personas sin hogar en el Centro de Acogida Princesa Letizia". Esto implica que los gastos cubiertos deberán estar directamente relacionados con las intervenciones, actividades y programas llevados a cabo en dicho centro para cumplir con este objetivo social.

Aunque los datos oficiales no especifican una lista detallada de gastos subvencionables, se entiende que incluirán aquellos costes inherentes a la provisión de servicios, recursos humanos, materiales y cualquier otra necesidad operativa que permita la atención integral de las personas sin hogar. Los sectores asociados son "Actividades de servicios sociales sin alojamiento" y "Asistencia en establecimientos residenciales", lo que refuerza la cobertura de costes relacionados con estas operaciones.

Cuantía y plazos

El importe total asignado para esta subvención es de 376.000 euros. Es una cantidad considerable destinada a la financiación de las actividades y programas del Centro de Acogida Princesa Letizia.

En cuanto a los plazos, la convocatoria tiene una fecha de apertura el 1 de mayo de 2026 y una fecha de cierre el 31 de diciembre de 2026. Es importante destacar que estas fechas se refieren al periodo de ejecución o justificación de la subvención, dado su carácter nominativo. No son plazos de presentación de solicitudes en el sentido tradicional, ya que el beneficiario ya está preestablecido. El Ayuntamiento de Santander deberá llevar a cabo las intervenciones y justificar los gastos dentro de este marco temporal.

Cómo solicitarla

Dado que se trata de una subvención nominativa dirigida específicamente al Ayuntamiento de Santander, no existe un proceso de solicitud abierto al público o a otras entidades. La asignación de los fondos se realiza directamente al ayuntamiento por parte de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.

La gestión posterior de esta subvención por parte del Ayuntamiento de Santander implicará la planificación, ejecución y justificación de las actividades conforme a la normativa aplicable a este tipo de ayudas públicas.

Errores frecuentes

Uno de los errores más comunes al interpretar este tipo de convocatorias es la confusión entre una subvención nominativa y una subvención con procedimiento concursal. Esta no es una convocatoria abierta a la competencia. Intentar presentar una solicitud si no se es el Ayuntamiento de Santander sería un error, ya que no existe un cauce para ello.

Otro posible error, para el propio ayuntamiento beneficiario, sería no ajustarse estrictamente a la finalidad establecida ("atención a personas sin hogar en el Centro de Acogida Princesa Letizia") o no cumplir con los plazos de ejecución y justificación definidos entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de 2026. La falta de documentación o la justificación incompleta de los gastos conforme a la normativa de subvenciones sería también un error crítico.

Preguntas frecuentes

¿Se puede solicitar esta subvención?

No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.

¿Quién la concede y a quién?

La concede CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD; el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.

¿Cuál es su importe?

El importe registrado en la BDNS es de 376.000 €.

Convocatoria oficial

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