Subvención para la rehabilitacióp de fachadas 2026
AYUNTAMIENTO DE BELLVÍS
Importe total: 1500 €
Apertura del plazo: 19 de mayo de 2026
Cierre del plazo: 30 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Construcción de edificios
Ámbito territorial: Cataluña · Lleida
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 906481
A quién va dirigida
Esta ayuda está destinada a los propietarios de inmuebles en el municipio que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:
Personas físicas que no desarrollan actividad económica.
Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.
Pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica.
En caso de que el solicitante sea una persona distinta a los ocupantes de la vivienda, se requiere el consentimiento de estos últimos.
Qué se subvenciona
El objeto de la ayuda es la rehabilitación de fachadas de los inmuebles situados en el municipio, con la finalidad de fomentar el acceso a la vivienda y la edificación.
Cuantía
La convocatoria cuenta con un importe total de 1.500 euros con cargo al presupuesto municipal del ejercicio 2026.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo para presentar las solicitudes se abre el 19 de mayo de 2026 y finaliza el 30 de noviembre de 2026 (o hasta que se agote la partida presupuestaria del ayuntamiento).
Las solicitudes se deben formular ante el Ayuntamiento de Bellvís al solicitar la licencia correspondiente, utilizando los modelos oficiales y aportando los siguientes documentos:
Documento público acreditativo de la propiedad.
Consentimiento de los ocupantes por cualquier título de la vivienda, cuando sean personas distintas del propietario solicitante.
En intervenciones que por su naturaleza lo exijan: Proyecto técnico suscrito por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente.
En el resto de los casos:
Memoria explicativa de la actuación.
Presupuesto detallado por partidas.
Plano de la actuación.
Cualquier otro documento que el Ayuntamiento considere necesario o exija el técnico municipal.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo finaliza el plazo para pedir esta ayuda?
El plazo de presentación de solicitudes termina el **30 de noviembre de 2026**, siempre que exista disponibilidad de partida presupuestaria en el ayuntamiento.
¿Qué documentos debo presentar si mi obra no requiere proyecto técnico?
Debe presentar una **memoria explicativa** de la actuación, un **presupuesto detallado por partidas** y un **plano de la actuación**, además de la acreditación de la propiedad y los consentimientos requeridos.
¿Se necesita el permiso de los inquilinos para solicitar la subvención?
Sí, es obligatorio aportar el **consentimiento de los ocupantes** por cualquier título de la vivienda cuando estos sean personas distintas al propietario que solicita la ayuda.