Convocatoria y bases reguladoras para la concesión de ayudas para el alquiler de viviendas para personas en el municipio de Zuia, 2026
AYUNTAMIENTO DE ZUIA
Apertura del plazo: 06 de mayo de 2026
Cierre del plazo: 30 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: OTROS SERVICIOS
Ámbito territorial: País Vasco · Araba/Álava
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 903904
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a personas mayores de edad, ya sea a nivel individual o como parte de unidades familiares o convivenciales, que residan en el municipio de Zuia y cumplan con los requisitos establecidos en las bases reguladoras.
Requisitos
Para poder optar a la subvención, las personas solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:
Ser mayor de edad en el momento de presentar la solicitud.
Cumplir con las condiciones establecidas en la normativa municipal durante todo el período subvencionable.
Estar empadronadas en el municipio (quedan exentas de la obligación de estar empadronadas, o de mantener el empadronamiento durante toda la actividad subvencionable, las personas que sean víctimas de violencia de género).
Qué se subvenciona
Se subvenciona el alquiler de vivienda en el municipio de Zuia con el objetivo de facilitar el acceso de la ciudadanía a una vivienda digna. El período máximo subvencionable se determinará teniendo en cuenta la fecha del contrato de arrendamiento.
Cuantía
La ayuda se calcula aplicando un porcentaje sobre la renta mensual computable del alquiler. Se establece un límite máximo de una cantidad de euros al mes por cada solicitud, por un período máximo de 12 mensualidades, en función de los ingresos de la persona o unidad de convivencia beneficiaria.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: Las solicitudes se pueden presentar desde el 6 de mayo de 2026 hasta la fecha límite del 30 de noviembre de 2026.
Cómo solicitarla: La instancia de solicitud y el texto de las bases reguladoras están disponibles en la página web municipal www.zuia.eus (en el apartado Trámites/Subvenciones).
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio estar empadronado en Zuia para solicitar la ayuda?
Sí, como regla general se debe estar empadronado. Sin embargo, se exime de este requisito de empadronamiento (tanto al inicio como durante el periodo subvencionable) a las personas que sean víctimas de violencia de género.
¿Durante cuántos meses se puede recibir esta ayuda al alquiler?
La subvención se concede para un período máximo de **12 mensualidades**, y el tiempo concreto se determinará según la fecha del contrato de arrendamiento.
¿Dónde se pueden descargar los formularios de solicitud?
Tanto el modelo de instancia como las bases completas de la convocatoria se encuentran disponibles en la web oficial del Ayuntamiento de Zuia, en la dirección **www.zuia.eus**, dentro de la sección de Trámites/Subvenciones.