CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A JÓVENES PARA EL PAGO DE ALQUILER DE VIVIENDA
AYUNTAMIENTO DE ARRASATE/MONDRAGÓN
Importe total: 5000 €
Apertura del plazo: 24 de abril de 2026
Cierre del plazo: 30 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES INMOBILIARIAS
Ámbito territorial: País Vasco · Gipuzkoa
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 901445
A quién va dirigida
A jóvenes de entre 18 y 35 años que alquilen una vivienda en Arrasate/Mondragón como residencia habitual, ya sea de forma individual o como unidad de convivencia (parejas o personas solas con menores a cargo).
Para poder acceder, es obligatorio no cumplir los requisitos para acceder a las ayudas de alquiler del programa Gaztelagun del Gobierno Vasco. Si solicitaste Gaztelagun y te fue denegada, puedes optar a esta ayuda municipal.
Requisitos
Empadronamiento: Al menos una de las personas solicitantes debe estar empadronada en Arrasate de forma ininterrumpida los 2 últimos años, o haberlo estado durante un total de 10 años. Todos los residentes en la vivienda deben empadronarse en ella.
Ingresos máximos anuales: No superar 29.000 € brutos al año para solicitudes individuales, o 40.000 € brutos al año para unidades de convivencia. Los rendimientos brutos de capital no pueden superar los 600 € anuales.
Propiedad: No tener ninguna vivienda en propiedad (salvo excepciones de herencia/donación inferiores al 50% y con valor catastral menor a 75.000 €, o por imposibilidad legal de uso).
Relación con el arrendador: No tener parentesco de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad con la persona arrendadora.
La vivienda: Debe estar en Arrasate, disponer de autorización de habitabilidad, cocina equipada, baño con ducha/bañera, agua caliente, instalación eléctrica a 220V, suministro de agua, saneamiento y ventilación a la calle. Quedan excluidas las viviendas de protección pública, el programa Bizigune, el alquiler de habitaciones y los locales.
Qué se subvenciona
El pago del alquiler mensual de la vivienda habitual. El contrato de alquiler debe tener una duración mínima de 12 meses y el precio del alquiler no puede superar los 750 € mensuales.
Quedan fuera de la subvención los gastos de garaje, comunidad, administración, contribución o impuestos. Si estos gastos están incluidos en el contrato de alquiler y no se justifica su coste desglosado, se restará un importe fijo de 30 € de la cuota mensual del alquiler a efectos del cálculo.
Cuantía
La ayuda se calcula según los ingresos brutos de la siguiente forma:
Solicitud Individual:
Ingresos de 26.000,01 a 29.000 €: 20% del alquiler (máximo 100 € al mes).
Ingresos de 23.000,01 a 26.000 €: 30% del alquiler (máximo 150 € al mes).
Ingresos de 20.000,01 a 23.000 €: 40% del alquiler (máximo 200 € al mes).
Ingresos de 1.000 a 20.000 €: 50% del alquiler (máximo 250 € al mes).
Unidad de Convivencia:
Ingresos de 35.000,01 a 40.000 €: 20% del alquiler (máximo 100 € al mes).
Ingresos de 30.000,01 a 35.000 €: 30% del alquiler (máximo 150 € al mes).
Ingresos de 26.000,01 a 30.000 €: 40% del alquiler (máximo 200 € al mes).
Ingresos de 1.000 a 26.000 €: 50% del alquiler (máximo 250 € al mes).
El periodo máximo subvencionable es de 12 meses y se puede percibir un máximo de tres años. El presupuesto total es de 5.000 € y la convocatoria finalizará al agotarse el crédito.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación está abierto desde el 24 de abril de 2026 hasta el 30 de noviembre de 2026.
Efecto retroactivo: Si la solicitud se presenta dentro de los dos meses siguientes a la publicación, la ayuda se podrá aplicar con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026 (si el contrato ya estaba vigente). Pasado ese plazo de dos meses, la ayuda se concederá desde el mes de la solicitud.
Presentación: Las solicitudes se dirigen a la unidad administrativa de Juventud del Ayuntamiento de Arrasate/Mondragón aportando la solicitud firmada, DNI, contrato de alquiler, justificantes de ingresos, vida laboral, extractos bancarios de rentas de capital, certificado catastral y, si aplica, la denegación de Gaztelagun.
Obligaciones
Para recibir el pago de la subvención, los beneficiarios deben:
Estar al corriente de pago en tasas, sanciones e impuestos municipales.
Presentar los justificantes bancarios de los pagos mensuales del alquiler.
Comunicar cualquier variación en el cumplimiento de los requisitos.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar la ayuda si estoy compartiendo piso con amigos?
Sí. Si varias personas comparten vivienda y son cotitulares del contrato de alquiler, pueden ser beneficiarias si cumplen individualmente los requisitos. Deberán presentar la solicitud por separado y el importe del alquiler se prorrateará entre ellas.
¿Qué ocurre si me deniegan la ayuda autonómica Gaztelagun?
Si solicitas Gaztelagun y te la deniegan, puedes optar a esta ayuda del Ayuntamiento de Arrasate presentando la resolución denegatoria de Gaztelagun junto con el resto de la documentación requerida.
¿Se admiten alquileres de habitaciones o subarriendos?
No. El alquiler de habitaciones está expresamente excluido de esta convocatoria de subvenciones.