Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR, Industria alimentaria, Pesca y acuicultura
Ámbito territorial: La Rioja · La Rioja
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 900544
A quién va dirigida
Esta ayuda está destinada a pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica cuyo negocio se ubique en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja y cuya actividad esté encuadrada en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2025):
C 10.2: Procesado y conservación de pescados, crustáceos y moluscos.
C 10.85: Elaboración de platos y comidas preparados, limitándose única y exclusivamente a la elaboración de platos a base de pescado.
Qué se subvenciona
Se subvencionan las inversiones productivas destinadas a la transformación de los productos de la pesca y la acuicultura.
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria cuenta con un crédito disponible de 250.000,00 euros.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: Comienza el 21 de abril de 2026 a las 9:00 horas y finaliza el 11 de diciembre de 2026 a las 14:00 horas.
Número de solicitudes: Se admitirán un máximo de dos solicitudes por empresa. Una vez cerrado el plazo de presentación, no se podrá incrementar el importe del presupuesto de inversión subvencionable.
Efecto incentivador: La solicitud debe ser previa al inicio del proyecto o actividad subvencionada. No obstante, se consideran subvencionables las inversiones realizadas antes de la solicitud si, con carácter previo al inicio de las mismas, se ha presentado una pre-solicitud de ayuda entre el 1 de enero de 2026 y la fecha de publicación de la convocatoria.
Cómo solicitarla: La tramitación es obligatoriamente telemática (electrónica) a través de la web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (www.ader.es).
Preguntas frecuentes
¿Puedo presentar más de una solicitud para mi empresa?
Sí, se admitirán un máximo de **dos solicitudes por empresa** en esta convocatoria.
¿Se pueden subvencionar inversiones iniciadas antes de presentar la solicitud oficial?
Sí, siempre y cuando se haya presentado una pre-solicitud de ayuda entre el **1 de enero de 2026** y la fecha en que se publique la convocatoria, y que dicha pre-solicitud sea anterior al inicio de las inversiones.
¿Cuál es el procedimiento de concesión de estas ayudas?
La concesión de estas subvenciones se efectuará en régimen de **concesión directa**.