(CHE) Cheque Innovación Europa (Reg.Minimis 2023/2831)

AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA

A quién va dirigida

Esta ayuda está dirigida a empresas de dimensión pyme y gran empresa que realicen su actividad en La Rioja, pudiendo ser tanto personas físicas (autónomos) como jurídicas.

También pueden solicitarla:

La participación debe ser de forma individual.

Quedan excluidas expresamente:

Qué se subvenciona

Se financian acciones individuales para apoyar a las empresas en la mejora de sus capacidades, la preparación y participación en proyectos europeos u otros marcos de colaboración tecnológica internacional, la formalización de acuerdos de transferencia tecnológica internacional y la realización de validaciones técnicas previas para la toma de decisiones innovadoras.

Las actuaciones subvencionables se dividen en dos bloques:

Acciones de preparación y estructuración de colaboraciones tecnológicas internacionales:

Acciones de preparación y presentación de propuestas a convocatorias:

Cuantía

El presupuesto total destinado a esta convocatoria es de 298.000 euros (con un crédito disponible indicado en el extracto de 300.000,00 euros). El régimen de concesión de estas ayudas es de concesión directa.

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de presentación de solicitudes comienza el 13 de abril de 2026 a las 9:00 horas y finalizará el 12 de febrero de 2027 a las 14:00 horas.

La tramitación es obligatoriamente telemática a través de la web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (ADER).

Como norma general, se acumulan las fases de concesión de la subvención y de reconocimiento de la obligación (justificación). Por ello, el beneficiario debe presentar junto a la solicitud de subvención toda la documentación general de justificación. La fecha de presentación de la solicitud determinará la fecha límite de los gastos subvencionables. Una vez cerrado el plazo, no se podrá incrementar el presupuesto de inversión subvencionable.

Preguntas frecuentes

¿Se pueden justificar los gastos después de presentar la solicitud?

Por norma general no, ya que se acumulan las fases de concesión y de justificación. Debe presentar la documentación de justificación junto con la solicitud de la subvención, y la fecha de esta solicitud fijará el límite de los gastos subvencionables.

¿Hay alguna excepción a la presentación conjunta de solicitud y justificación?

Sí, en las solicitudes de la **Actuación 5** (preparación y presentación de propuestas a convocatorias europeas o internacionales) que, a la fecha de cierre de la convocatoria, no dispongan de la evaluación oficial de la propuesta. En este caso no se acumularán las fases de concesión y justificación.

¿Puede una Comunidad de Bienes solicitar este cheque de innovación?

No, las **comunidades de bienes** están expresamente excluidas de esta convocatoria.

Convocatoria oficial

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