Orden de 31 de marzo de 2026, del MAPA, por la que se convocan las subvenciones del Real Decreto 388/2021, de 1 de junio, destinadas a la obtención de avales de SAECA en el sector agroalimentario y pesquero.

SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

A quién va dirigida

Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas y PYMES del sector agroalimentario y pesquero que cumplan los siguientes perfiles:

En caso de coincidir con convocatorias abiertas de ayudas del artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2022, estas ayudas solo se concederán para préstamos acogidos a dicho marco y únicamente por el tramo de crédito afectado.

Qué se subvenciona

La subvención financia el importe total de la comisión del aval concedido por la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA).

Asimismo, se financiará la comisión de estudio del aval de SAECA exclusivamente en los siguientes casos:

Cuantía

Los costes subvencionados correspondientes al aval son:

El presupuesto global máximo es de 25.000.000 euros. La cuantía final no podrá superar el coste total ni rebasar los límites aplicables de la normativa europea de minimis (Reglamento (UE) 2023/2831, Reglamento (UE) n.º 1408/2013 o Reglamento (UE) n.º 717/2014).

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de presentación de solicitudes comienza el día siguiente al de la publicación del extracto en el BOE (30 de marzo de 2026) y finaliza el 30 de septiembre de 2027.

Preguntas frecuentes

¿Qué comisiones de SAECA asume íntegramente la ayuda?

Se financia la comisión del aval por un importe del **1,15 %** anual sobre el saldo vivo del préstamo. La comisión de estudio (**0,50 %** del préstamo) se cubre únicamente si se cumplen condiciones específicas, como ser joven profesional, contar con seguro agrario o pertenecer a entidades asociativas.

¿Qué exigencia de ingresos tienen los titulares de explotaciones agrarias?

Deben acreditar que al menos el **25 %** de sus ingresos proceden de la actividad agraria en el ejercicio anterior o en la media de los tres años previos. Si han comenzado su actividad dentro de los **tres años anteriores** a la convocatoria, quedan exentos de cumplir este porcentaje.

¿Hasta cuándo está disponible la convocatoria?

Las solicitudes pueden formalizarse hasta el **30 de septiembre de 2027**.

Convocatoria oficial

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