Orden de 16 de noviembre de 2024, del MAPA, por la que se convocan las subvenciones el artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, destinadas la subvención de principal de créditos a jóvenes agricultores y operadores del sector pesquero.

SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

A quién va dirigida

A personas físicas, jurídicas o entidades sin personalidad jurídica que sean jóvenes (no tener más de 40 años en el año de solicitud) y pertenezcan a uno de estos colectivos:

Requisitos

Qué se subvenciona

La bonificación de capital de préstamos formalizados a través de la LÍNEA ICO-GARANTÍA SGR/SAECA 2024 (o la equivalente aplicable durante la vigencia de la convocatoria). Se admiten plazos de amortización desde hasta 1 año hasta 15 años, con opciones de carencia de principal de hasta 3 años según la duración del crédito.

Cuantía

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de presentación de solicitudes comienza el 17 de diciembre de 2024 y finaliza el 15 de septiembre de 2027.

Preguntas frecuentes

¿Qué importe máximo de préstamo se bonifica?

Se puede solicitar bonificación para operaciones de financiación de hasta **100.000 €**. Si solicitas ayuda para más de un crédito, la suma subvencionable tampoco podrá exceder de **100.000 €** ni la ayuda total podrá superar los **15.000 €**.

¿Esta ayuda es compatible con la subvención de avales de SAECA?

Sí, es expresamente compatible con las ayudas del Real Decreto 388/2021 para la subvención de avales de SAECA y con otras ayudas dirigidas a bonificar el principal de créditos, siempre que se respeten los límites de *minimis*.

Si he comenzado mi actividad agraria hace poco, ¿debo acreditar el 50% de ingresos?

No. Si iniciaste la actividad agraria dentro de los **tres años anteriores** a la convocatoria, quedas exento de acreditar que el **50% de tus ingresos** proviene de dicha actividad.

Convocatoria oficial

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