Convocatoria de subvenciones para sufragar gastos por la organización de fiestas patronales en el año 2026

AYUNTAMIENTO DE URKABUSTAIZ

A quién va dirigida

Esta convocatoria está dirigida exclusivamente a las Entidades Locales menores que se encuentren legalmente constituidas y registradas del municipio de Urkabustaiz (País Vasco · Araba/Álava), clasificadas como personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Qué se subvenciona

Se subvenciona la organización de las siguientes actividades:

No serán subvencionables los gastos relativos a lunch, cenas o similares.

Cuantía

El importe total destinado a esta convocatoria es de 9.000 EUR, con cargo al presupuesto del año 2025.

La cuantía individualizada no podrá superar, de forma aislada o en concurrencia con otras ayudas, el costo de la actividad a desarrollar por la entidad beneficiaria. Esta subvención podrá ser revisada si se obtienen aportaciones complementarias o ingresos de otras entidades.

Criterios de valoración

La concesión se realiza en régimen de concurrencia competitiva. El reparto del presupuesto entre las Juntas Administrativas que lo soliciten se calculará mediante la siguiente fórmula:

El factor de ponderación (FP) se asigna según el número de habitantes de la entidad solicitante:

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de presentación de solicitudes comienza el 30 de marzo de 2026 y finaliza el 16 de diciembre de 2026.

La solicitud y la documentación requerida se deben entregar en el Registro de entrada del Ayuntamiento de Urkabustaiz o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015.

La documentación obligatoria a presentar es:

1. Solicitud oficial debidamente cumplimentada y firmada.

2. Justificantes de gastos (facturas originales o fotocopias compulsadas, o documentos contables de valor probatorio equivalente). No se admitirán si no identifican claramente al emisor (nombre/razón social y DNI/NIF), receptor (razón social y NIF coincidente con la entidad beneficiaria), objeto del gasto, fecha e IVA aplicado.

3. Ejemplares de programas de las fiestas.

Obligaciones

Las entidades beneficiarias tienen la obligación de incluir en los ejemplares de los programas de fiestas una mención expresa del patrocinio del Ayuntamiento de Urkabustaiz.

Preguntas frecuentes

¿Se pueden justificar gastos de comidas con esta subvención?

No. El extracto oficial especifica claramente que no serán subvencionables los gastos relativos a **lunch, cenas o similares**.

¿Qué datos obligatorios deben aparecer en las facturas para que sean válidas?

Deben identificar claramente al **emisor** (nombre o razón social y DNI o NIF), al **receptor** (razón social y NIF que coincida con la entidad beneficiaria), el **objeto del gasto**, la **fecha** y el **tipo o tipos impositivos de IVA aplicados**.

¿Cómo influye el tamaño de la población de la entidad local en el reparto de la ayuda?

El presupuesto se reparte proporcionalmente aplicando un factor de ponderación según el número de habitantes. A menor población (entre **1 y 500 habitantes**), se aplica una ponderación de **0,25**, mientras que a mayor población (entre **1.501 y 2.000 habitantes**), la ponderación máxima es de **1**.

Convocatoria oficial

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