SUBVENCIONES DESTINADAS A LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE LA COMUNITAT VALENCIANA PARA POTENCIAR PROYECTOS DE INNOVACIÓN DENTRO PLAN IMPULSO TERRITORIOS INNOVADORES PARA 2025
SECRETARÍA AUTONÓMICA DE INNOVACIÓN
Importe total: 4.000.000 €
Apertura del plazo: 11 de marzo de 2026
Cierre del plazo: 31 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Administración pública y de la política económica, social y medioambiental
Ámbito territorial: C. Valenciana
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 892397
A quién va dirigida
Esta convocatoria está dirigida a las siguientes entidades de la Comunitat Valenciana:
Municipios.
Mancomunidades de municipios.
Organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las administraciones locales mencionadas.
Qué se subvenciona
Se subvencionan proyectos de innovación dentro del Plan de Impulso "Territorios Innovadores", divididos en dos programas de actuación:
Programa I: Apoyo a la ejecución de proyectos de innovación de alto impacto transformador en el municipio.
Programa II: Apoyo a proyectos piloto de innovación en el municipio.
Cada municipio podrá presentar una única solicitud, por lo que deberá elegir a cuál de los dos programas concurre.
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria es de 4.000.000 euros, distribuidos de la siguiente manera:
Programa I (Proyectos de alto impacto): Dispone de un importe máximo total de 2.700.000 euros. La ayuda máxima por entidad beneficiaria será de 150.000 euros.
Programa II (Proyectos piloto): Dispone de un importe máximo total de 1.300.000 euros. La ayuda máxima por entidad beneficiaria será de 75.000 euros.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
La presentación es exclusivamente telemática a través de los siguientes enlaces de la sede electrónica de la Generalitat:
Para el Programa I: https://sede.gva.es/es/detall-tramit?id_proc=G109655
Para el Programa II: https://sede.gva.es/es/detall-tramit?id_proc=G109656
Si la cuenta bancaria de la entidad no está dada de alta en la Base de Datos Corporativa de la Generalitat, se debe realizar el trámite previamente en: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22648
Preguntas frecuentes
¿Puede un municipio presentar un proyecto a cada programa?
No. Por cada municipio únicamente se podrá presentar una sola solicitud, por lo que la entidad deberá elegir si concurre al Programa I o al Programa II.
¿Dónde se publicarán las resoluciones de esta subvención?
Tanto la resolución provisional como la definitiva y el resto de actos administrativos se notificarán mediante su publicación en la página web de la conselleria competente en materia de innovación.
¿Qué se debe hacer si la cuenta bancaria de la entidad no está registrada en la Generalitat?
Se debe realizar previamente el alta de la cuenta bancaria a través del enlace telemático específico de la Base de Datos Corporativa (BDC) de la Generalitat antes de finalizar el trámite.