CONV. SUBV. FOMENTO CONTRATACIÓN LABORAL ORDINARIA POR CUENTA AJENA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

A quién va dirigida

Esta ayuda está destinada a las siguientes entidades del mercado ordinario de trabajo que actúen como empleadoras:

Para poder beneficiarse, deben ejercer una actividad económica, tener su centro de trabajo ubicado en la Comunidad Autónoma de La Rioja y contratar por cuenta ajena a personas desempleadas.

Quedan excluidas las empresas y entidades pertenecientes al sector público.

Qué se subvenciona

Se subvenciona el fomento del empleo estable por cuenta ajena a través de las siguientes actuaciones formalizadas entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de noviembre de 2026, ambos inclusive:

Cuantía

El presupuesto total de la convocatoria es de 725.000 euros (distribuido estimativamente en 360.000 euros para colectivos vulnerables, 15.000 euros para contratación indefinida y transformación de contratos formativos, y 350.000 euros para fomento de empleo joven).

El importe de la ayuda para el fomento de la contratación indefinida ordinaria (Programa I) se calcula de la siguiente manera:

La concesión se realiza por concesión directa y está supeditada al crédito disponible; si este se agota, se denegarán las solicitudes sobrantes y se podrá acordar el cierre anticipado.

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de presentación de solicitudes comienza el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja y finalizará el 1 de diciembre de 2026.

Para cada contrato individual, el plazo de presentación es de un mes a contar desde:

La tramitación es obligatoriamente electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja, utilizando certificado digital.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se resuelven y otorgan estas subvenciones?

Se conceden mediante el procedimiento de **concesión directa** por orden de solicitud, estando supeditadas en todo caso a la existencia de crédito presupuestario disponible.

¿Qué ocurre si se agotan los fondos antes de que termine el plazo de solicitud?

Una vez agotado el crédito, se procederá a denegar las subvenciones que no puedan ser atendidas y se podrá acordar el **cierre anticipado de la convocatoria** mediante resolución publicada en el Boletín Oficial de La Rioja.

¿Se pueden acumular los porcentajes adicionales de incremento de la ayuda?

Sí, los incrementos porcentuales por el perfil de la persona contratada, la ubicación del centro de trabajo o las características de la empresa son **compatibles y acumulables entre sí**, con un límite máximo de **9.000 euros** por contrato subvencionado.

Convocatoria oficial

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