CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE PRESTACIONES ECONÓMICAS INDIVIDUALIZADAS EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES PARA EL AÑO 2026

AYUNTAMIENTO DE AYORA

A quién va dirigida

Estas ayudas van dirigidas a personas físicas que no desarrollan actividad económica, de forma individual y/o unidades de convivencia con escasos recursos económicos, que se encuentren en situaciones concretas de necesidad o emergencia social.

Requisitos

Los solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos según la modalidad:

1. Prestaciones Económicas de Emergencia:

2. Prestaciones Técnicas para la Tercera Edad:

3. Apoyo a Familia e Infancia (Periodo Vacacional):

Qué se subvenciona

Se financian las siguientes modalidades de prestaciones:

Cuantía

La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 28.000,00 euros. Los importes máximos para cada tipo de ayuda están determinados en la ordenanza reguladora.

Plazo y cómo solicitarla

El plazo general de presentación de solicitudes comienza el 20 de febrero de 2026 y finaliza el 30 de noviembre de 2026.

Excepcionalmente, por motivos sobrevenidos o extraordinarios, se admitirán solicitudes fuera de plazo con fecha límite de entrada en el registro hasta el 15 de diciembre de 2026.

La solicitud se debe dirigir al Alcalde del Ayuntamiento de Ayora en el modelo oficial (Anexo de la convocatoria) y presentarse en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por las vías del artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

La documentación básica a aportar incluye: DNI/NIE/Pasaporte, Libro de familia, Certificado de empadronamiento histórico y colectivo, Certificado de convivencia de la policía local, Declaración del IRPF o certificado negativo, Vida laboral, DARDE (en su caso), Contrato de alquiler o hipoteca, Certificado catastral, Justificante bancario de los últimos 6 meses y Modelo de domiciliación bancaria, entre otros documentos específicos que pueda requerir el personal técnico.

Preguntas frecuentes

¿Se puede solicitar la ayuda de emergencia si no llevo 12 meses empadronado en Ayora?

Sí, de manera excepcional no se exigirá el tiempo mínimo de residencia cuando se trate de unidades de convivencia con menores en situación de riesgo, casos de violencia de género u otras situaciones de urgencia bajo prescripción del personal técnico municipal.

¿Qué pasa si se me pasa el plazo del 30 de noviembre para presentar la solicitud?

Únicamente se admitirán solicitudes presentadas fuera de plazo por motivos sobrevenidos o extraordinarios debidamente justificados, teniendo como fecha límite improrrogable de registro el **15 de diciembre de 2026**.

¿Cómo se resuelven estas ayudas?

El procedimiento se tramita en régimen de concurrencia competitiva. La Comisión de valoración y seguimiento del Departamento de Servicios Sociales instruye los expedientes y la Junta de Gobierno Local aprueba la resolución correspondiente, la cual será notificada a la persona interesada.

Convocatoria oficial

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