CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A PRESTACIONES ECONOMICAS PARA NECESIDADES BASICAS Y DE URGENCIA SOCIAL EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES DE ATENCION PRIMARIA BASICA DEL MUNICIPIO DE PICANYA PARA EL AÑO 2026.
AYUNTAMIENTO DE PICANYA
Importe total: 65.576 €
Apertura del plazo: 16 de febrero de 2026
Cierre del plazo: 30 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Educación preprimaria, Otras actividades de servicios sociales sin alojamiento
Ámbito territorial: C. Valenciana · Valencia / València
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 887452
A quién va dirigida
Personas físicas que no desarrollan actividad económica, que se encuentren en situación de grave necesidad y residan en el municipio de Picanya.
Requisitos
No disponer de recursos o ingresos suficientes para afrontar los gastos de la emergencia.
Que la renta per cápita anual de la unidad familiar o de convivencia (RPC) no supere el 100 % del IPREM vigente (7.200 euros anuales para el año 2026).
Estar empadronadas y residir habitualmente en Picanya con una antigüedad mínima de 6 meses (salvo excepciones justificadas por riesgo bajo criterio del/la trabajador/a social).
Ser mayor de 18 años, estar emancipado legalmente o haber iniciado el trámite. También menores con hijos a cargo, procedentes de instituciones de protección o en situación de orfandad absoluta.
No tener acceso a otras ayudas públicas que ya cubran la necesidad solicitada.
No disponer de bienes muebles o inmuebles distintos a la vivienda habitual que indiquen medios suficientes. Ni superar los límites de propiedad de bienes fijados para la renta valenciana de inclusión.
Haber justificado las ayudas concedidas anteriormente y no haber incumplido el acuerdo del programa de intervención en los 12 meses anteriores.
Qué se subvenciona
Suministros energéticos básicos.
Uso de la vivienda habitual (alquiler o préstamo hipotecario).
Acciones extraordinarias.
Necesidades básicas.
Desplazamientos (requiere documento del centro al que asiste que acredite necesidad, frecuencia, duración y presupuesto).
Cuantía
Las cuantías máximas están limitadas según los siguientes módulos económicos:
Suministros energéticos básicos: hasta el 70 % del IPREM mensual (420 euros al mes para 2026).
Uso de la vivienda habitual: hasta el 70 % del IPREM mensual (420 euros al mes para 2026) durante un máximo de 3 mensualidades (prorrogable excepcionalmente otros 3 meses).
Necesidades básicas: hasta el 70 % del IPREM mensual (420 euros al mes para 2026) durante un máximo de 3 mensualidades (prorrogable excepcionalmente otros 3 meses).
Desplazamientos: hasta el 50 % del IPREM mensual (300 euros al mes para 2026).
Acciones extraordinarias: hasta el 60 % del IPREM anual (4.320 euros anuales para 2026).
La cuantía exacta se resolverá según la puntuación obtenida en el baremo social. En ningún caso la ayuda superará el coste real de la necesidad planteada.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación se abre el 16 de febrero de 2026 y finaliza el 30 de noviembre de 2026.
Para solicitarla se debe presentar:
Solicitud en modelo normalizado del Ayuntamiento de Picanya y hoja de mantenimiento de terceros con el número de cuenta.
DNI/NIE/Pasaporte del solicitante y convivientes, libro de familia y, si aplica, título de familia monoparental/numerosa, sentencia de divorcio, grado de discapacidad o dependencia.
Certificado catastral de inmuebles y certificado de IRPF del año anterior (o autorización de consulta al Ayuntamiento).
Acreditación de ingresos de mayores de 16 años: vida laboral, contrato y nóminas de los últimos 3 meses, tarjeta DARDE, certificados del SEPE, de pensiones o declaraciones trimestrales de autónomos (últimos 2 trimestres y último pago de cuota).
Movimientos bancarios de todos los miembros de los últimos 3 meses.
Justificantes específicos según el tipo de gasto (contrato de alquiler y recibo del último mes, presupuestos de la ayuda, etc.).
Si falta documentación, se dará un plazo de 10 días para subsanar antes de archivar la solicitud.
Criterios de valoración
La valoración técnica tiene una puntuación máxima de 25 puntos. Para poder acceder a las ayudas es obligatorio obtener una puntuación mínima de 11 puntos. Los factores de baremación son:
Situación económica: máximo 10 puntos (40 %).
Circunstancias sociales: máximo 5 puntos (20 %).
Situación laboral: máximo 2,5 puntos (10 %).
Composición familiar: máximo 2,5 puntos (10 %).
Situación de la unidad de convivencia: máximo 2,5 puntos (10 %).
Vivienda: máxima 2,5 puntos (10 %).
Obligaciones
Colaborar activamente con el programa de intervención social determinado por el personal técnico.
Haber justificado debidamente las ayudas recibidas con anterioridad.
Preguntas frecuentes
¿Es compatible esta ayuda con otras subvenciones?
Sí, estas ayudas son compatibles con otras prestaciones públicas o privadas para el mismo fin, siempre que la suma total no supere el coste real de la necesidad para la que se solicita.
¿Cómo se calcula la renta per cápita familiar para el límite de ingresos?
Se obtiene dividiendo los ingresos totales de la unidad de convivencia entre el número de personas que la componen. El resultado anual no puede superar los **7.200 euros** por persona para el año 2026.
¿Se admiten solicitudes después del 30 de noviembre de 2026?
Solo con carácter extraordinario se podrán admitir solicitudes presentadas después del plazo y antes del **15 de diciembre de 2025** (según consta en el extracto oficial), siempre que se acredite documentalmente que la necesidad urgente apareció fuera del plazo ordinario.