CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS GASTOS DE NOTARÍA Y REGISTRO DE LA PROPIEDAD A JÓVENES QUE ADQUIERAN SU PRIMERA VIVIENDA EN EL MUNICIPIO DE CALAHORRA
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: OTROS SERVICIOS, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Ámbito territorial: La Rioja
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 887686
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a personas físicas que no desarrollan actividad económica, concretamente a jóvenes de entre 18 y 35 años que adquieran su primera vivienda en el término municipal de Calahorra.
Requisitos
Para poder acceder a esta subvención, se deben cumplir las siguientes condiciones:
Edad: Todos los titulares de la vivienda deben tener 18 años cumplidos y no superar los 35 años cumplidos en el momento de presentar la solicitud.
Ubicación: La vivienda adquirida debe estar ubicada en el término municipal de Calahorra.
Tipo de finca: Se excluyen expresamente todas las fincas no urbanas.
Fechas: La compra de la vivienda o la declaración de obra nueva debe estar formalizada en escritura pública entre el 1 de junio de 2025 y el 30 de junio de 2026, ambas fechas inclusive.
Registro e impuestos: La vivienda debe estar inscrita en el Registro de la Propiedad y se debe haber realizado previamente la liquidación del impuesto correspondiente.
Qué se subvenciona
Los gastos subvencionables son aquellos satisfechos al Notario autorizante y en el Registro de la Propiedad de Calahorra.
Es obligatorio acreditar el pago efectivo de estos gastos. No se consideran gastos subvencionables los impuestos de cualquier tipo satisfechos por dichos conceptos.
Cuantía
El presupuesto total destinado a esta convocatoria es de 30.000 euros.
Las ayudas se otorgarán por estricto orden de presentación de solicitudes hasta el agotamiento del crédito disponible.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes comienza el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (previsto para el 19 de febrero de 2026) y finaliza el 30 de octubre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar la ayuda si la vivienda que he comprado es una finca rústica o no urbana?
No, quedan expresamente excluidas de la aplicación de esta convocatoria todas las fincas no urbanas.
¿Se incluyen los impuestos pagados dentro de la subvención?
No, los impuestos de cualquier tipo satisfechos por la compra o registro no se consideran gastos subvencionables.
¿Qué ocurre si se agotan los 30.000 euros de presupuesto antes de que finalice el plazo?
Las ayudas se conceden por estricto orden de presentación. Una vez agotado el crédito disponible, se declarará mediante resolución y las solicitudes posteriores (o las que no puedan atenderse por falta de fondos) quedarán desestimadas.