AYUDAS PARA GASTOS DE NOTARÍA Y REGISTRO A JÓVENES QUE ADQUIERAN SU PRIMERA VIVIENDA O DEL SUELO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE ÉSTA EN EL MUNICIPIO DE CARIÑENA. ANUALIDAD 2026.
AYUNTAMIENTO DE CARIÑENA
Importe total: 3738 €
Apertura del plazo: 17 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 09 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES INMOBILIARIAS
Ámbito territorial: Aragón · Zaragoza
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 935990
A quién va dirigida
Esta ayuda está destinada a personas físicas de edades comprendidas entre los 18 y los 35 años (que no desarrollen actividad económica) que adquieran su primera vivienda o el suelo para construirla en el municipio de Cariñena.
No podrán optar a esta subvención quienes ya hayan sido beneficiarios de la misma en convocatorias anteriores.
Requisitos
Haber adquirido o ir a adquirir la primera vivienda, o el suelo para su construcción, en el municipio de Cariñena.
La adquisición debe realizarse en el periodo comprendido desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de agosto de 2026.
Tener entre 18 y 35 años.
No haber obtenido esta ayuda en convocatorias anteriores.
Qué se subvenciona
La financiación de los gastos de notaría y registro derivados de la compra de la primera vivienda o del suelo para su construcción.
Cuantía
El presupuesto total destinado a esta convocatoria asciende a 3.737,52 euros.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: Desde el 17 de octubre de 2026 (día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOPZ) hasta el 9 de diciembre de 2026 inclusive.
Dónde solicitarla: Las solicitudes y anexos se deben presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Cariñena o a través de cualquiera de los medios oficiales de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común. Los documentos y las bases están disponibles en la sede electrónica del Ayuntamiento (http://carinena.sedelectronica.es/transparency).
Preguntas frecuentes
¿En qué fechas he de haber comprado la vivienda o el suelo para poder pedir la ayuda?
La adquisición debe haberse realizado o realizarse entre el **1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026**.
¿Puedo solicitar la ayuda si ya me la concedieron en años anteriores?
No, la convocatoria excluye expresamente a quienes ya hubieran obtenido la condición de beneficiarios en anteriores convocatorias de esta misma subvención.
¿Dónde se pueden conseguir los modelos de solicitud?
Las solicitudes de subvención y el resto de la documentación a rellenar están disponibles como anexos a las bases en la página web del Ayuntamiento de Cariñena (http://carinena.sedelectronica.es/transparency).