Compensación a propiet. de edificios privados por perjuicios colonia murciélagos
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MUNDO RURAL Y MEDIO AMBIENTE
Importe total: 28.000 €
Apertura del plazo: 09 de febrero de 2026
Cierre del plazo: 11 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas
Ámbito territorial: La Rioja · La Rioja
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 886071
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a los propietarios (o personas en quienes deleguen) de edificaciones de carácter privado en cuyo interior se encuentre una colonia de reproducción o de hibernación de las especies de murciélagos afectadas. Los beneficiarios pueden ser:
Personas físicas que desarrollan actividad económica.
Pymes.
Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.
Cuantía
El importe total destinado a esta convocatoria es de 28.000 euros, distribuidos en las siguientes partidas presupuestarias para el año 2026:
El plazo de presentación de solicitudes depende del tipo de colonia de murciélagos:
Para colonias de reproducción: desde el 10 de febrero de 2026 (día siguiente a la publicación del extracto) hasta el 15 de junio de 2026.
Para colonias de hibernación: desde el 10 de febrero de 2026 hasta el 11 de noviembre de 2026.
Cómo solicitarla:
El modelo oficial de solicitud se puede obtener en:
La Dirección General de Medio Natural y Paisaje (C/Pradoviejo, 62 bis, Logroño).
El Servicio de Atención al Ciudadano (C/Beti jai, 1, Logroño).
La oficina electrónica de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org), en el área temática de medio ambiente.
La solicitud debe ir acompañada de la documentación recogida en el artículo 7 de la Orden 15/2006, de 12 de septiembre.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se conceden estas ayudas?
Se tramitan por el procedimiento de **concesión directa**, conforme a lo previsto en los artículos 8 y 9 de la Orden 15/2006, de 12 de septiembre.
¿Cuál es el plazo para resolver y notificar la resolución?
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de **6 meses** a partir de la presentación de la solicitud.
¿Qué organismo resuelve esta subvención?
El órgano competente para resolver es la **Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente** (salvo delegación de competencias en vigor), y la instrucción del procedimiento la realiza el **Servicio de Conservación de la Naturaleza y Planificación**.