Resolución de 8 de enero de 2026, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas extraordinarias a personas emigrantes gallegas retornadas y se procede a su convocatoria para el año

CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN

El plazo de esta convocatoria terminó el 30 de septiembre de 2026. Muchas se convocan de nuevo cada año: crea una alerta gratis para enterarte de la próxima o consulta las subvenciones abiertas.

Finalidad y descripción

Servicios Sociales y Promoción Social

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta subvención?

Beneficiarios elegibles: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA.

¿Cuál es el plazo de presentación?

El plazo finaliza el 30 de septiembre de 2026 (apertura el 26 de enero de 2026).

¿Cuál es la dotación de la convocatoria?

El presupuesto publicado de esta convocatoria es de 2.500.000 €.

¿Cómo se presenta la solicitud?

La solicitud se presenta habitualmente por la sede electrónica de CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN con certificado digital o Cl@ve.

Convocatoria oficial

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