CONVOCATORIA DE AYUDAS A FAMILIAS POR NACIMIENTO DE HIJOS E HIJAS, ACOGIMIENTO PREADOPTIVO Y ADOPCIÓN DEL MUNICIPIO DE ALFAFAR - EJERCICIO 2026.

AYUNTAMIENTO DE ALFAFAR

A quién va dirigida

Esta ayuda está dirigida a las personas progenitoras (por filiación natural o adoptiva) que tengan la patria potestad, personas que tengan la guardia y custodia por acogimiento de menores, tutores o guardadores legales o de hecho, que residan en el municipio de Alfafar.

En casos de separación o divorcio, la solicitará el progenitor con el que conviva el menor, y en caso de custodia compartida, la solicitarán ambos de forma conjunta.

Requisitos

Para poder optar a la ayuda, se deben cumplir los siguientes requisitos:

Qué se subvenciona

La adquisición de productos básicos de atención para el menor, que se dividen en las siguientes categorías:

Cuantía

La ayuda consiste en una tarjeta de pago único por importe de 200 € (denominada "tarjeta bienvenida"). En caso de custodia compartida, el importe se fraccionará en dos (100 € para cada progenitor).

El presupuesto total de la convocatoria es de 28.000 €. Si las solicitudes superan este presupuesto, las ayudas se adjudicarán por estricto orden de registro de entrada.

Plazo y cómo solicitarla

1. Solicitud oficial firmada.

2. Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte de los padres/acogedores, y del Libro de Familia o documento equivalente.

3. En caso de separación, divorcio o custodia compartida: copia del convenio regulador homologado o resolución judicial.

4. Para guarda o tutela: documento acreditativo de dicha situación.

5. Para adopción o acogimiento: resolución judicial firme, certificación del Registro Civil o resolución de acogimiento preadoptivo.

Preguntas frecuentes

¿Dónde puedo gastar el dinero de la tarjeta bienvenida y qué plazo tengo?

La tarjeta se debe canjear exclusivamente en los comercios locales que hayan adquirido la condición de entidad colaboradora con el Ayuntamiento de Alfafar y tiene una validez de **tres meses** desde su fecha de emisión.

¿Qué plazo tiene el Ayuntamiento para resolver mi solicitud?

El plazo máximo para tramitar, resolver y notificar la resolución es de **un mes** a contar desde la fecha en la que se presenta la solicitud.

¿Esta ayuda es compatible con otras subvenciones?

Sí, estas ayudas son **compatibles** con otras subvenciones de administraciones públicas o entidades privadas para la misma finalidad, siempre que la suma de todas no supere el coste de los productos adquiridos.

Convocatoria oficial

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