CONVOCATORIA DE AYUDAS A FAMILIAS POR NACIMIENTO DE HIJOS E HIJAS, ACOGIMIENTO PREADOPTIVO Y ADOPCIÓN DEL MUNICIPIO DE ALFAFAR - EJERCICIO 2026.
AYUNTAMIENTO DE ALFAFAR
Importe total: 28.000 €
Apertura del plazo: 26 de diciembre de 2025
Cierre del plazo: 30 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES, EDUCACIÓN
Ámbito territorial: C. Valenciana · Valencia / València
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 877745
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a las personas progenitoras (por filiación natural o adoptiva) que tengan la patria potestad, personas que tengan la guardia y custodia por acogimiento de menores, tutores o guardadores legales o de hecho, que residan en el municipio de Alfafar.
En casos de separación o divorcio, la solicitará el progenitor con el que conviva el menor, y en caso de custodia compartida, la solicitarán ambos de forma conjunta.
Requisitos
Para poder optar a la ayuda, se deben cumplir los siguientes requisitos:
Estar empadronado y residir habitualmente en Alfafar con, al menos, seis meses de antelación a la fecha de la convocatoria.
El menor debe estar empadronado en Alfafar (o haber iniciado el trámite) antes de la solicitud.
Para filiación natural: el menor debe tener entre 0 y 12 meses de edad y haber nacido entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026.
Para adopción o acogimiento: el menor debe convivir con el solicitante y tener entre 0 y 3 años de edad.
Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Alfafar.
No incurrir en ninguna de las prohibiciones de la Ley General de Subvenciones.
No haber sido privado o suspendido de la patria potestad.
Qué se subvenciona
La adquisición de productos básicos de atención para el menor, que se dividen en las siguientes categorías:
Gran puericultura.
Pequeña puericultura (biberones, chupetes, etc.).
Ropa de recién nacido.
Alimentación infantil.
Higiene y pañales.
Cuantía
La ayuda consiste en una tarjeta de pago único por importe de 200 € (denominada "tarjeta bienvenida"). En caso de custodia compartida, el importe se fraccionará en dos (100 € para cada progenitor).
El presupuesto total de la convocatoria es de 28.000 €. Si las solicitudes superan este presupuesto, las ayudas se adjudicarán por estricto orden de registro de entrada.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo: Las solicitudes se pueden presentar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP hasta el 30 de noviembre de 2026.
Dónde solicitarla: De forma presencial en el SAC del Ayuntamiento, en el SAC Barrio Orba, o de forma telemática a través de la sede electrónica municipal (https://alfafar.sedelectronica.es).
Documentación a presentar:
1. Solicitud oficial firmada.
2. Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte de los padres/acogedores, y del Libro de Familia o documento equivalente.
3. En caso de separación, divorcio o custodia compartida: copia del convenio regulador homologado o resolución judicial.
4. Para guarda o tutela: documento acreditativo de dicha situación.
5. Para adopción o acogimiento: resolución judicial firme, certificación del Registro Civil o resolución de acogimiento preadoptivo.
Preguntas frecuentes
¿Dónde puedo gastar el dinero de la tarjeta bienvenida y qué plazo tengo?
La tarjeta se debe canjear exclusivamente en los comercios locales que hayan adquirido la condición de entidad colaboradora con el Ayuntamiento de Alfafar y tiene una validez de **tres meses** desde su fecha de emisión.
¿Qué plazo tiene el Ayuntamiento para resolver mi solicitud?
El plazo máximo para tramitar, resolver y notificar la resolución es de **un mes** a contar desde la fecha en la que se presenta la solicitud.
¿Esta ayuda es compatible con otras subvenciones?
Sí, estas ayudas son **compatibles** con otras subvenciones de administraciones públicas o entidades privadas para la misma finalidad, siempre que la suma de todas no supere el coste de los productos adquiridos.