Subvención 2026, Sector Agrícola, para incorporación social/laboral de menores/jóvenes cumpliendo o cumplido medidas judiciales, por Resolución de 14 de noviembre de 2025
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, INFANCIA Y FAMILIA
Importe total: 15.876 €
Apertura del plazo: 28 de noviembre de 2025
Cierre del plazo: 30 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA
Ámbito territorial: Extremadura
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 871614
A quién va dirigida
Esta ayuda va dirigida a las siguientes personas o entidades que ejerzan su actividad económica en la Comunidad Autónoma de Extremadura y tengan el puesto de trabajo objeto de la subvención en situación de alta en un código de cuenta de cotización a la Seguridad Social de las provincias de Cáceres o Badajoz:
Empresas privadas legalmente constituidas (sociedades mercantiles, sociedades cooperativas y comunidades de bienes).
Personas físicas dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Ayuntamientos, mancomunidades y otras entidades locales territoriales de Extremadura.
Entidades del Tercer Sector.
Requisitos
Para poder solicitar la subvención, se deben cumplir los siguientes requisitos:
Del empleador: Estar legalmente constituido e inscrito en los registros correspondientes, hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias con el Estado, la Seguridad Social y la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura antes del pago, y no estar incurso en las prohibiciones de los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Del menor o joven contratado:
Tener entre 16 y 23 años de edad.
Estar cumpliendo o haber cumplido medidas judiciales (bajo la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero), siempre que no hayan pasado más de doce meses desde su finalización.
Presentar especiales dificultades para acceder y mantenerse en el mercado laboral.
Provenir del itinerario de inserción sociolaboral "Programa Construye tu Futuro" y ser propuesto mediante informe de los Equipos Técnicos responsables del sistema de atención a menores en conflicto con la ley.
Debe tratarse de su primer contrato de trabajo (no haber sido contratado antes por ninguna otra empresa o entidad), salvo si ha tenido contratos anteriores inferiores a seis meses que finalizaron por causas ajenas al menor o joven.
Qué se subvenciona
Se subvenciona la contratación, tanto a jornada completa como a tiempo parcial, de menores y jóvenes que cumplan con los requisitos de reinserción descritos. El periodo subvencionado coincidirá con el ejercicio presupuestario del año 2026.
Cuantía
La cuantía de la ayuda es de 16.576,00 euros brutos anuales (calculada conforme al Salario Mínimo Interprofesional de 2025).
Esta cantidad se modificará si el Gobierno aprueba una nueva actualización del salario mínimo interprofesional durante la vigencia de la convocatoria. El presupuesto total destinado a esta convocatoria es de 220.000,00 euros, cofinanciado al 85% por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 28 de noviembre de 2025 (al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura) y finaliza el 30 de noviembre de 2026.
La solicitud se debe realizar utilizando el formulario de solicitud y los anexos publicados en el Diario Oficial de Extremadura junto con la Resolución de convocatoria.
Preguntas frecuentes
¿Puede una entidad local de Extremadura solicitar esta subvención?
Sí, la convocatoria permite expresamente como beneficiarios a los **ayuntamientos, mancomunidades y otras entidades locales territoriales** de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
¿Qué ocurre si el joven ya ha trabajado anteriormente?
Solo se subvencionan los **primeros contratos de trabajo**. Sin embargo, se admiten de forma excepcional aquellos casos en los que el joven haya tenido contratos de trabajo anteriores inferiores a **seis meses** si estos finalizaron por una causa ajena a su voluntad.
¿Se modificará la cuantía de la ayuda si cambia el Salario Mínimo Interprofesional?
Sí, si el Gobierno aprueba una nueva actualización del salario mínimo interprofesional durante la vigencia de la convocatoria, la cuantía de la ayuda se modificará para adaptarse al nuevo salario que se apruebe.