Glosario de subvenciones
    Normativa y obligaciones

    Reintegro

    Devolución total o parcial de la subvención percibida, más intereses de demora, por incumplimiento de las condiciones impuestas en las bases.

    3 min de lecturaRevisión editorial · 27 de octubre de 2026Fuentes oficiales al final

    Qué es el reintegro

    Es la devolución de una subvención ya cobrada, total o parcialmente, cuando concurre alguna de las causas previstas en la ley, junto con el interés de demora desde que se pagó. Lo regulan los artículos 36 a 43 de la Ley General de Subvenciones.

    No es una sanción: es la consecuencia de no haber cumplido las condiciones de la ayuda. Si además hay una infracción, puede abrirse un procedimiento sancionador aparte.

    Causas de reintegro

    El artículo 37 LGS enumera las principales:

    • Obtener la subvención falseando las condiciones u ocultando las que lo habrían impedido.
    • Incumplir total o parcialmente el objetivo, la actividad o el proyecto.
    • No justificar o justificar de forma insuficiente.
    • Incumplir las medidas de publicidad de la financiación pública.
    • Resistirse u obstruir las actuaciones de control.
    • Incumplir las condiciones impuestas al beneficiario, como mantener la inversión o el empleo durante el plazo exigido.
    • Recibir ayudas de otras fuentes que, sumadas, superen el coste de la actividad (en ese caso se devuelve el exceso).

    Reintegro total o parcial

    Cuando el cumplimiento se aproxima de modo significativo al total y el beneficiario ha actuado con intención de cumplir, el importe a devolver se gradúa según los criterios de proporcionalidad de las bases (artículo 37.2 LGS). Ejecutar el 90 % de un proyecto no tiene por qué suponer devolverlo todo.

    Intereses y plazos

    • Se exige el interés de demora, que con carácter general es el interés legal del dinero incrementado en un 25 %, salvo que la Ley de Presupuestos fije otro.
    • El derecho de la Administración a reclamar prescribe a los cuatro años, contados en general desde que vence el plazo para justificar.
    • El procedimiento de reintegro debe resolverse y notificarse en doce meses desde que se inicia.

    Devolución voluntaria

    Si el beneficiario detecta que no podrá cumplir, puede devolver voluntariamente la subvención sin esperar a que se lo reclamen (artículo 90 del Reglamento). Se pagan los intereses hasta ese momento, y se evita que sigan corriendo.

    Cómo evitarlo

    • Comunica cuanto antes cualquier cambio en el proyecto y pide autorización si las bases lo exigen.
    • Conserva facturas, pagos y evidencias durante todo el periodo de control.
    • Cumple la publicidad (carteles, logotipos, menciones) desde el inicio.
    • Revisa los compromisos de mantenimiento antes de vender equipos o reducir plantilla.

    Relacionado: justificación de subvenciones y la guía cómo justificar una subvención.

    Fuente oficial y lectura relacionada

    Consultar la norma oficial.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuándo hay que devolver una subvención?

    Cuando concurre una causa de reintegro del artículo 37 de la Ley General de Subvenciones: obtenerla falseando datos, no cumplir el objetivo, no justificar, incumplir la publicidad o las condiciones impuestas, u obstruir el control. Se devuelve con intereses de demora.

    ¿Qué intereses se pagan en un reintegro?

    El interés de demora desde el pago de la subvención, que con carácter general es el interés legal del dinero incrementado en un 25 %, salvo que la Ley de Presupuestos establezca otro.

    ¿Cuánto tiempo tiene la Administración para reclamar una subvención?

    Cuatro años, contados con carácter general desde que vence el plazo para presentar la justificación. Ese plazo se interrumpe con cualquier actuación de la Administración dirigida al reintegro.

    ¿Puedo devolver una subvención voluntariamente?

    Sí. El Reglamento de la Ley General de Subvenciones permite la devolución voluntaria sin requerimiento previo; se calculan los intereses de demora hasta la fecha de la devolución.

    Contenido orientativo. Las bases, la normativa y los documentos vigentes del procedimiento son la referencia para tomar decisiones. No se garantiza que un programa esté abierto actualmente.

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