Convocatoria de Plan de Empleo para Entidades sin Fin de Lucro. Año 2026
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CIUDAD REAL
Importe total: 335.104 €
Apertura del plazo: 29 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 20 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Actividades relacionadas con el empleo
Ámbito territorial: Castilla-La Mancha · Ciudad Real
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 938729
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a las entidades sin ánimo de lucro (personas jurídicas que no desarrollan actividad económica) que ejecuten sus proyectos exclusivamente en el ámbito territorial de la provincia de Ciudad Real.
Requisitos
Para poder ser beneficiaria, tu entidad debe cumplir los siguientes requisitos:
Haber obtenido ayudas en el marco de la convocatoria para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, efectuada por la Resolución de 30 de junio de 2026, de la Dirección General de Empleo de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Plantear y ejecutar los proyectos exclusivamente en el ámbito territorial de la provincia de Ciudad Real.
Solicitar la ayuda de acuerdo con la Ordenanza General reguladora de las bases para la concesión de subvenciones de la Diputación Provincial, aprobada el 7 de febrero de 2025.
Qué se subvenciona
La financiación de parte de los costes de la seguridad social de los trabajadores contratados con cargo a la subvención concedida al amparo de la resolución del 30 de junio de 2026.
Cuantía
El importe total destinado a esta convocatoria es de 335.104 EUR. El límite de la ayuda económica individual está establecido en la base séptima de la convocatoria.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo: El periodo de presentación de solicitudes está abierto desde el 29 de octubre de 2026 hasta su cierre el 20 de noviembre de 2026.
Vía de presentación: Las solicitudes y el resto de los trámites se deben realizar exclusivamente por vía telemática.
Criterios de valoración
La concesión se realiza en régimen de concurrencia competitiva. El criterio de valoración es la puntuación obtenida en la convocatoria efectuada por la Resolución de 30 de junio de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué costes específicos cubre esta subvención?
Financia de forma parcial los costes de la seguridad social de los trabajadores contratados bajo la subvención de la Resolución de 30 de junio de 2026.
¿Se puede presentar la solicitud en papel o de forma presencial?
No, el extracto oficial determina que las solicitudes y todos los trámites procedentes se deben realizar exclusivamente por vía telemática.
¿Cuál es el criterio para ordenar y valorar las solicitudes?
Se valorarán de acuerdo con la puntuación que la entidad haya obtenido previamente en la convocatoria de la Resolución de 30 de junio de 2026 de la Dirección General de Empleo.