CONVOCATORIA SUBVENCIONES DESTINADA AL APROVECHAMIENTO TURÍSTICO DE LAS ALMAZARAS DE LA PROVINCIA DE JAÉN 2026 - LÍNEA 1. PROYECTOS DE INVERSIÓN
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN
Importe total: 170.000 €
Apertura del plazo: 26 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 15 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Administración pública y de la política económica, social y medioambiental
Ámbito territorial: Andalucía · Jaén
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 937991
A quién va dirigida
Esta convocatoria va dirigida a las empresas, con independencia de su forma jurídica, que cumplan las siguientes condiciones:
Que entre sus actividades económicas se encuentre la fabricación de aceite de oliva.
Que dicha actividad se desarrolle en un municipio de la provincia de Jaén.
No podrán solicitar estas subvenciones las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezcan de personalidad jurídica propia.
Qué se subvenciona
Se financian proyectos de inversión en inmovilizado material o inmaterial destinados a la adecuación de las almazaras de la provincia de Jaén y sus instalaciones anexas para la actividad turística. Las tipologías de proyectos subvencionables son:
Adecuación y/o creación de espacios para la recepción de visitantes y venta de Aceite de Oliva Virgen Extra (AOVE) y otros productos.
Adecuación y/o creación de espacios para la difusión de las propiedades de los AOVEs jiennenses (catas, degustaciones, exhibiciones gastronómicas, talleres, desayunos molineros, etc.).
Construcción, ampliación y/o adaptación de aseos para uso público.
Primera instalación o mejora de señalización (exterior e interior) para favorecer la accesibilidad y el recorrido interpretativo.
Dotación de contenidos interpretativos sobre el proceso de extracción de aceite (adquisición e instalación de soportes).
Inversiones para la mejora de la accesibilidad física y de los contenidos interpretativos.
Adecuación de espacios para usos gastronómicos.
Cualquier otra inversión dirigida a la puesta en uso turístico de las almazaras y sus anexos.
Los gastos subvencionables deben ser de naturaleza inventariable, consistentes en elementos nuevos (no fabricados por la propia empresa ni cedidos a terceros) correspondientes a las siguientes cuentas del Plan General Contable:
2.0.6. Aplicaciones informáticas
2.1.1. Construcciones
2.1.2. Instalaciones técnicas
2.1.6. Mobiliario
2.1.7. Equipos para procesos de información
El plazo de ejecución de las inversiones abarca desde el 1 de enero de 2026 hasta el 30 de junio de 2027.
Cuantía
La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 170.000,00 euros. La cuantía máxima subvencionable por beneficiario es de 20.000,00 euros. El pago de la ayuda se realizará previa justificación del gasto realizado.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo para la presentación de solicitudes comienza el día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia y finaliza el 15 de noviembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Es compatible esta subvención con otras ayudas?
Sí, esta convocatoria de subvenciones es compatible.
¿Cuál es la fecha límite para justificar las inversiones realizadas?
El plazo máximo para presentar la justificación de los gastos finaliza el **30 de septiembre de 2027**.
¿Se pueden comprar equipos o mobiliario de segunda mano?
No. Las inversiones deben ser obligatoriamente en elementos nuevos y que no hayan sido fabricados por la propia empresa que solicita la ayuda.