CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO JUVENIL MEDIANTE LA CREACIÓN DE EMPRESAS EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO TERRITORIAL INTEGRADA DE LA COMARCA DE LA SIERRA DE SEGURA
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN
Importe total: 120.000 €
Apertura del plazo: 26 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 31 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Servicios personales
Ámbito territorial: Andalucía · Jaén
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 937990
A quién va dirigida
Esta ayuda se dirige a jóvenes emprendedores que promuevan iniciativas empresariales de nueva creación en la comarca de la Sierra de Segura (Jaén), ya sean:
Personas físicas (autónomos).
Personas jurídicas (sociedades donde el 75% de las participaciones pertenezca a jóvenes que cumplan los requisitos de autónomo, o bien donde estos tengan mínimo el 51% del capital y representen al menos el 50% de los socios).
Quedan excluidas las comunidades de bienes, sociedades civiles, agrupaciones sin personalidad jurídica y autónomos colaboradores.
Requisitos
Para las personas físicas:
Tener menos de 35 años a la fecha de la solicitud.
Estar empadronado en un municipio de la comarca de la Sierra de Segura.
Tener el domicilio de la actividad en dicha comarca.
Haber iniciado la actividad (alta en el RETA o régimen correspondiente) entre el 1 de abril de 2026 y la fecha de solicitud. No se puede haber estado de alta como autónomo en los tres meses anteriores a dicha fecha de inicio.
Para las personas jurídicas:
Inscripción en el Registro Mercantil (o el que corresponda) a partir del 1 de abril de 2026 y antes de solicitar la subvención.
Tener domicilio social, fiscal y de actividad en la comarca de la Sierra de Segura.
Qué se subvenciona
Inversiones en inmovilizado material (elementos nuevos, de naturaleza inventariable y directamente relacionados con la actividad) necesarios para la creación y puesta en marcha de la empresa. El proyecto debe integrarse en los proyectos tractores de la Estrategia de Desarrollo Territorial Integrada.
No se subvencionan:
Suministros (luz, agua, teléfono, gas), consumibles, publicidad o decoración.
Adquisición de software, creación de páginas web, licencias de uso o bases de datos.
Gastos de establecimiento, marcas o listas de clientes.
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria es de 120.000,00 €.
La ayuda cubre hasta el 50% del total del proyecto (excluido el IVA).
El límite máximo de subvención es de 12.000,00 € por empresa.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo: Desde el 26 de octubre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026.
Presentación: A través de la sede electrónica de la Diputación de Jaén (https://sede.dipujaen.es/AyudaSubvenciones).
Obligaciones
Plazo de ejecución: El proyecto debe ejecutarse entre el 1 de abril de 2026 y hasta 6 meses después de la publicación de la resolución definitiva.
Mantenimiento: Mantener las inversiones financiadas durante al menos 36 meses desde la concesión.
Justificación: Presentar la documentación justificativa en el plazo máximo de 3 meses a contar desde el día siguiente al fin del plazo de ejecución.
Pago: Se realizará un pago único tras justificar correctamente el proyecto.
Preguntas frecuentes
¿Es compatible esta ayuda con otras subvenciones?
Sí, es compatible con otras ayudas públicas o privadas para la misma finalidad, siempre que el conjunto de las subvenciones no supere el coste total de la actividad y se respete el límite del Reglamento de mínimis de **300.000,00 €** en tres ejercicios fiscales.
¿Se pueden comprar bienes usados o fabricados por mi propia empresa?
No, las inversiones deben ser obligatoriamente en elementos nuevos y no pueden haber sido fabricados por la propia empresa solicitante.
¿Cuándo tengo que haber empezado mi actividad para poder pedir la ayuda?
El alta de la actividad económica o la inscripción de la sociedad debe haberse producido a partir del **1 de abril de 2026** y siempre antes de presentar la solicitud de subvención.