Subvenciones a favor de la organizaciones de consumidores y usuarios de la Región de Murcia, para la promoción de políticas de Defensa del Consumidor para el ejercicio 2026

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ECONOMÍA SOCIAL

A quién va dirigida

Esta ayuda está destinada exclusivamente a las organizaciones de consumidores y usuarios de la Región de Murcia (personas jurídicas que no desarrollan actividad económica).

Requisitos

Para poder ser beneficiaria, la entidad debe cumplir con las siguientes condiciones:

Qué se subvenciona

Se financian los proyectos y actuaciones regulados en el artículo 9 de la Orden de Bases de 26 de junio de 2025, que se encuadren en alguno de los siguientes programas:

Cuantía

El presupuesto total asignado a esta convocatoria es de 80.000,00 € (ochenta mil euros), con cargo a la partida presupuestaria 20.03.00.443A.482.50, Proyecto nº 48127.

Plazo y cómo solicitarla

El plazo para presentar las solicitudes es de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (periodo oficial de apertura del 2026-10-21 al 2026-11-13).

Junto a la solicitud (Anexo I), se debe aportar la siguiente documentación:

No es obligatorio presentar los documentos que ya obren en poder de la Administración, siempre que se indique la fecha y el órgano donde se presentaron y no hayan pasado más de cinco años desde la finalización de dicho procedimiento.

Preguntas frecuentes

¿Es necesario aportar documentos que ya he presentado antes a la administración?

No es necesario presentarlos si ya están en poder de la Administración o han sido aportados anteriormente, siempre que indiques la fecha y el departamento donde los entregaste y no hayan transcurrido más de **cinco años** desde que finalizó el procedimiento correspondiente.

¿Qué ocurre si dejo algún apartado de los anexos sin rellenar?

Es obligatorio cumplimentar todos los apartados de los anexos. Los epígrafes que se dejen en blanco no serán tenidos en cuenta en el baremo para valorar la solicitud.

¿Se pueden solicitar estas ayudas si ya tengo otra subvención para la misma actividad?

Si se solicita para un proyecto que cuenta con otra subvención anterior incompatible para la misma finalidad, se debe hacer constar esta circunstancia en la solicitud y proceder según lo establecido en el **artículo 33 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones**.

Convocatoria oficial

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