Acuerdo de Junta de Gobierno Local 16-10-2026 por el que se convoca la Concesión de ayudas a Escolares de Alcalá de Henares para el Desarrollo de Actividades complementarias promovidas por sus Centros Docentes, Curso 2026-2027.
AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES
Importe total: 15.000 €
Apertura del plazo: 22 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 19 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento, Educación
Ámbito territorial: ES3 - COMUNIDAD DE MADRID
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 936781
A quién va dirigida
Esta convocatoria está dirigida exclusivamente a los centros docentes de Alcalá de Henares sostenidos con fondos públicos que impartan las siguientes enseñanzas:
Segundo Ciclo de Educación Infantil
Educación Primaria
Educación Secundaria Obligatoria
Formación Especial
Formación Profesional Básica
El objetivo es que estos centros utilicen la ayuda para cubrir los gastos de actividades complementarias de sus alumnos en situación de desventaja socioeconómica.
Requisitos
Para que el alumnado pueda beneficiarse de estas ayudas a través de su centro, debe cumplir alguno de los siguientes criterios de desventaja socioeconómica o situaciones especiales:
Ser alumnos tutelados por la Comunidad de Madrid en régimen de acogimiento residencial.
Pertenecer a familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción o del Ingreso Mínimo Vital.
Encontrarse en situación de Intervención Social por los Servicios Sociales.
Tener la condición de víctima de violencia de género o de víctima del terrorismo.
Ser beneficiarios de protección internacional en cualquiera de sus modalidades.
Presentar necesidades educativas especiales.
Tener una renta per cápita familiar inferior a la cuantía fijada en las normas reguladoras de las becas para comedor escolar.
Alumnos que, sin cumplir los puntos anteriores, sufran circunstancias sobrevenidas (como traslado de centro o incorporación tardía) que generen una situación de desventaja socioeconómica, lo cual se deberá hacer constar en la justificación.
Qué se subvenciona
Se financian las actividades complementarias para el curso 2026-2027 promovidas por el centro escolar (dentro o fuera de sus instalaciones) recogidas en sus programaciones y que requieran aportación económica de las familias.
Se incluyen:
Salidas y excursiones para asistir a cines, teatros, actividades artísticas, deportivas o de índole diversa que complementen las actividades académicas.
Actividades similares a las anteriores desarrolladas dentro del recinto escolar.
Se excluyen expresamente:
Viajes de fin de curso, campamentos o similares.
Actividades promovidas por entidades distintas de los centros escolares o elegidas a título particular por las familias.
Cuantía
El importe total destinado a la convocatoria es de 15.000 euros.
Se establece una cuantía máxima de 80 euros por alumno.
El porcentaje máximo subvencionable es del 100 % de la cantidad solicitada, sin que el importe subvencionado pueda superar la aportación realizada por la familia.
En caso de que las solicitudes superen el crédito disponible, el importe se reducirá aplicando un modelo de proporcionalidad a la baja.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: Desde el 2026-10-22 hasta el 2026-11-19.
Vía de presentación: Exclusivamente de forma electrónica a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Alcalá de Henares (https://sede.ayto-alcaladehenares.es) o del Registro Electrónico de la Administración del Estado.
Destinatario: Las solicitudes deben ir dirigidas a la Concejalía de Educación y Universidad, indicando obligatoriamente el número de expediente de referencia 32154/2026.
Obligaciones
Incompatibilidad: Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra subvención para la misma finalidad que cubra la totalidad de los gastos.
Justificación de gastos: Los centros deben presentar facturas emitidas entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de mayo de 2027.
Plazo de justificación: Se debe realizar del 1 al 30 de junio de 2027, aportando la documentación indicada en las bases.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar esta ayuda directamente a título particular para mi hijo?
No. Los solicitantes y beneficiarios de la ayuda deben ser los centros docentes de Alcalá de Henares sostenidos con fondos públicos, quienes destinarán los fondos a cubrir las necesidades de las familias que cumplan los requisitos.
¿Se puede financiar un viaje de fin de curso o un campamento con estas ayudas?
No. Quedan específicamente excluidos de estas ayudas los viajes de fin de curso, los campamentos o cualquier actividad similar.
¿Qué plazo tienen los centros para presentar las facturas justificativas?
Los centros docentes deben aportar las facturas (fechadas entre el **1 de septiembre de 2026 y el 31 de mayo de 2027**) en un plazo de justificación que se extiende del **1 al 30 de junio de 2027**.