BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES EDUCATIVAS, CULTURALES Y FORMATIVAS PROMOVIDAS POR LAS APYMAS DE LOS CENTROS EDUCATIVOS DEL VALLE DE BAZTAN - 2026
AYUNTAMIENTO DE BAZTAN
Importe total: 6000 €
Apertura del plazo: 23 de julio de 2026
Cierre del plazo: 31 de octubre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES
Ámbito territorial: Navarra
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 921216
A quién va dirigida
Esta convocatoria está dirigida a las APYMAS (Asociaciones de Padres y Madres del Alumnado) legalmente constituidas de los centros educativos del Valle de Baztan que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Qué se subvenciona
Se financia la realización de actividades:
Educativas
Culturales
De sensibilización
De fomento artístico
Estas actividades deben estar promovidas por las APYMAS y dirigidas expresamente al alumnado y sus familias.
Cuantía
El presupuesto total destinado a esta convocatoria es de 6.000 euros.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo: El periodo de presentación de solicitudes finaliza el 31 de octubre de 2026, incluido.
Cómo solicitarla: La presentación se debe realizar de forma telemática a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Baztan (Sede Electrónica de Baztan).
Quién debe realizarla: La persona que ostente legalmente la representación de la asociación, utilizando los modelos normalizados establecidos en la convocatoria y debidamente cumplimentados.
Preguntas frecuentes
¿Qué tipo de actividades se pueden financiar con esta ayuda?
Se subvencionan las actividades educativas, culturales, de sensibilización y de fomento artístico dirigidas al alumnado y a sus familias.
¿Cómo se deben presentar las solicitudes?
Se deben presentar obligatoriamente de forma telemática a través de la Sede Electrónica (Registro Electrónico) del Ayuntamiento de Baztan.
¿Quién debe firmar y tramitar la solicitud de la subvención?
La solicitud debe ser tramitada y formalizada por la persona que ostente legalmente la representación de la APYMA.