Convocatoria de subvenciones a entidades educativas de Mislata para el año 2026
AYUNTAMIENTO DE MISLATA
Importe total: 35.000 €
Apertura del plazo: 20 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 13 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Actividades asociativas
Ámbito territorial: C. Valenciana
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 936349
A quién va dirigida
Esta convocatoria está destinada exclusivamente a las siguientes entidades del ámbito educativo de Mislata:
Las AFA/AMPA/APA de los centros docentes sostenidos con fondos públicos.
Los centros de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria que tengan autorizada la modalidad de jornada escolar continua.
El Centro Público de Formación de Personas Adultas.
La Asociación de Alumnos y Exalumnos del Centro Público de Formación de Personas Adultas de Mislata.
Qué se subvenciona
Se financian las actividades formativas, culturales, festivas, recreativas o de otro tipo organizadas por las entidades beneficiarias, así como sus gastos básicos de administración y funcionamiento. Estas actuaciones deben perseguir los siguientes fines:
Fomentar la participación de la comunidad educativa en la vida de los centros escolares.
Favorecer la formación de los sectores de la comunidad educativa local.
Avanzar en la igualdad efectiva de hombres y mujeres, posibilitando la conciliación familiar y laboral.
El periodo subvencionable comprende las actividades realizadas desde el 1 de septiembre de 2025 al 31 de agosto de 2026, ambos inclusive, siempre que estén incluidas en el proyecto presentado y no hayan servido para justificar otras ayudas recibidas.
Cuantía
El presupuesto total destinado a esta convocatoria es de un máximo de 35.000,00 €.
Esta cantidad se asignará de manera proporcional a la puntuación que obtenga cada entidad solicitante en el proceso de concurrencia competitiva.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: El plazo es de quince días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (periodo comprendido entre el 20 de octubre de 2026 y el 13 de noviembre de 2026).
Vía de presentación: Es obligatorio realizar el trámite de forma telemática a través de la oficina virtual del Ayuntamiento de Mislata. No se admitirá ninguna solicitud presentada por otros medios.
Trámites específicos: Se deben utilizar los trámites habilitados denominados “EDU.154 – Solicitud ayudas a asociaciones y entidades educativas de Mislata” y “EDU.227 – Justificación de subvenciones a entidades educativas por el desarrollo de actividades”.
Preguntas frecuentes
¿Se pueden presentar solicitudes en papel a través del registro del Ayuntamiento?
No. La presentación de las solicitudes y de la documentación justificativa debe realizarse obligatoriamente de manera telemática a través de la oficina virtual del Ayuntamiento de Mislata.
¿Qué fechas deben tener las actividades para poder subvencionarse?
Las actividades deben haberse realizado entre el **1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026**, ambos inclusive, y estar contempladas en el proyecto presentado.
¿Cómo se calcula el importe de la ayuda que recibirá cada entidad?
El importe se asignará de forma proporcional a la puntuación obtenida por cada entidad solicitante, de acuerdo con los criterios de la convocatoria y bajo el régimen de concurrencia competitiva.