BASES POR LA QUE SE REGULAN LAS AYUDAS ECONÓMICAS A PERSONAS CON ENFERMEDAD CELIACA DEL AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE MURCIA
AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE MURCIA
Importe total: 10.000 €
Apertura del plazo: 02 de noviembre de 2026
Cierre del plazo: 31 de diciembre de 2027
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES
Ámbito territorial: Murcia
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 935493
A quién va dirigida
Personas físicas afectadas por la enfermedad celíaca o intolerancia al gluten, que no desarrollen actividad económica y que estén empadronadas en el municipio de Alhama de Murcia. En el caso de menores de edad, la solicitud la presentarán sus padres o tutores legales.
Requisitos
Estar empadronado en Alhama de Murcia con al menos un año de antigüedad a fecha de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM). Este requisito de residencia e ingresos también deben cumplirlo los padres o tutores en caso de menores.
Estar diagnosticado de enfermedad celíaca o intolerancia al gluten por un médico especialista, acreditado mediante certificado médico oficial.
No superar el umbral de ingresos determinado por el Ayuntamiento conforme a la base décima de la convocatoria.
No estar incurso en las exclusiones de la base novena.
Cuantía
El presupuesto total destinado a estas ayudas es de 10.000 euros. El importe individual de la ayuda es:
350 euros si se solicita para un menor de 16 años.
300 euros si se solicita para un mayor de 16 años.
Se incrementará en 25 euros por cada miembro afectado adicional en el caso de familias con más de un miembro con celiaquía.
La concesión se realizará por riguroso orden de registro de las solicitudes completas hasta agotar el crédito. Se dará prioridad a los menores de 16 años.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación es de 30 días contados desde la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).
Las solicitudes se deben presentar en el Registro del Ayuntamiento de Alhama de Murcia o por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015.
La documentación requerida que se debe adjuntar es:
Certificado de empadronamiento actualizado (mínimo un año de antigüedad en el municipio).
Original o fotocopia compulsada del DNI o NIE del solicitante y de los afectados.
Libro de familia o resoluciones judiciales/administrativas de tutela.
Informe médico que acredite la celiaquía o intolerancia al gluten.
Certificado bancario con el número de cuenta (IBAN) donde el solicitante sea titular.
Certificado del IRPF de todos los miembros de la unidad familiar con los ingresos de 2025 (o justificante de rentas exentas del ejercicio anterior).
Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social del solicitante.
Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas del solicitante.
Si falta algún documento, se otorgará un plazo de 10 días para subsanar.
Preguntas frecuentes
¿Qué ocurre si se agota el dinero de la convocatoria antes de que revisen mi solicitud?
Una vez agotado el crédito disponible de **10.000 euros**, no se podrán conceder más ayudas, aunque las solicitudes cumplan con todos los requisitos establecidos.
¿Tienen preferencia los niños en la concesión de estas ayudas?
Sí, se tendrá en cuenta el orden de registro pero dando prioridad en la concesión de las ayudas a los solicitantes que sean **menores de 16 años**.
¿Cómo se calcula la ayuda si hay más de un celíaco en la misma familia?
Se asignará la cuantía correspondiente según la edad del solicitante (**350 euros** para menores de 16 años o **300 euros** para mayores de 16 años) y se sumarán **25 euros** adicionales por cada otro miembro afectado de la unidad familiar.