Decreto de CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LOS GASTOS DERIVADOS DE EJERCER LA OPCIÓN DE COMPRA DE LAS VIVIENDAS EN RÉGIMEN DE ALQUILER CON OPCIÓN A COMPRA DEL PARQUE MUNICIPAL DE VIVIENDAS DE LA EMPRESA MNPAL SUELO Y VIVIENDA LUCENA, 2026
AYUNTAMIENTO DE LUCENA
Importe total: 2500 €
Apertura del plazo: 20 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 30 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES
Ámbito territorial: Andalucía · Córdoba
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 935308
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a personas físicas que no desarrollan actividad económica y que sean inquilinos de una vivienda en régimen de alquiler con opción a compra perteneciente al parque municipal de la Empresa Municipal Suelo y Vivienda de Lucena, S.A. (Suvilusa).
Requisitos
Ser una persona física que ejerza la opción de compra de una vivienda del Parque Municipal de Viviendas de Suvilusa.
Haber ejercido dicha opción de compra dentro del periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026.
Encontrar dificultad para hacer frente a los gastos derivados de la compra.
Qué se subvenciona
Se financian los gastos derivados de ejercitar la opción de compra de las viviendas de Suvilusa, concretamente los costes de notaría, registro y gestoría.
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria es de 2.500 euros. La ayuda individual se calcula de la siguiente manera:
Para beneficiarios que ya tuviesen concedida la subvención municipal de ayudas al alquiler de estas viviendas en la convocatoria de 2026: el importe será el equivalente al porcentaje de subvención que les correspondió para el alquiler aplicado sobre los gastos soportados, con un mínimo de 350 € y sin superar el total de los gastos subvencionables.
Para quienes no tuviesen concedida dicha subvención de alquiler en 2026: la ayuda será de un importe fijo de 350 €.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes está abierto desde el 20 de octubre de 2026 hasta el 30 de noviembre de 2026.
Criterios de valoración
Las ayudas se concederán en estricto orden de presentación de las solicitudes hasta agotar el crédito presupuestario de 2.500 euros.
En caso de que sea necesario subsanar la solicitud, la fecha que se tendrá en cuenta para el orden de registro será aquella en la que se atienda correctamente dicha subsanación.
Preguntas frecuentes
¿Qué gastos específicos me cubre esta ayuda?
Cubre los gastos de **notaría, registro y gestoría** derivados de comprar la vivienda de Suvilusa que tenías en alquiler.
¿En qué fechas debo haber comprado la vivienda para poder pedir la subvención?
Debes haber ejercido la opción de compra entre el **1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026**.
¿Cómo influye haber tenido una ayuda al alquiler en el año 2026?
Si tuviste ayuda al alquiler en **2026**, recibirás el mismo porcentaje de esa ayuda aplicado a los gastos de compra (con un **mínimo de 350 €**). Si no tuviste ayuda al alquiler, recibirás una cuantía fija de **350 €**.