Subvenciones 2026 a entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización de acciones de orientación para el empleo y mejora de la empleabilidad a personas con discapacidad, según Decreto 167/2026 de 29 de septiembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Actividades relacionadas con el empleo
Ámbito territorial: Extremadura
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 934886
A quién va dirigida
Esta convocatoria está destinada a entidades privadas sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia que persigan fines de interés general relacionados con:
La mejora de la empleabilidad.
La inclusión social y laboral.
La orientación profesional.
La formación o la inserción de las personas.
Estos fines deben guardar una relación directa con las actuaciones subvencionadas.
Requisitos
Para poder optar a la subvención, las entidades solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos específicos:
Estar radicadas en Extremadura, entendiendo por tal el ejercicio de su actividad económica en dicha Comunidad Autónoma.
Contar con una plantilla mínima de tres personas trabajadoras adscritas en los centros de trabajo ubicados en Extremadura a fecha de publicación de la convocatoria.
No incurrir en ninguna de las circunstancias inhabilitantes de los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Qué se subvenciona
Se subvenciona la realización de acciones de orientación para el empleo y mejora de la empleabilidad dirigidas a personas con discapacidad (Programa NORA), que se encuentren desempleadas e inscritas en los Centros de Empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE). Las acciones subvencionables incluyen:
Orientación individual (atención y preparación de sesiones).
Orientación en talleres grupales (atención y preparación de talleres).
Prospección de empleo.
Acciones de empleo con apoyo.
Coordinación del proyecto.
Personal administrativo.
Gastos de dietas y desplazamientos de las localidades de los centros de empleo asignados.
Gastos generales (costes directos e indirectos).
Cuantía
El crédito total asignado a esta convocatoria es de 1.000.113,30 €, distribuido en dos anualidades:
Anualidad 2026: 500.056,65 €.
Anualidad 2027: 500.056,65 €.
La cuantía máxima de la subvención por entidad es de 200.022,66 €, calculada para atender a un número de 250 personas usuarias por entidad. Los importes máximos por conceptos son los siguientes:
Acciones de orientación: Máximo de 52.500,00 € (estimado en 9 horas por persona).
Preparación de sesiones de orientación: Máximo de 23.333,33 € (estimado en 4 horas por persona).
Orientación en talleres grupales: Máximo de 5.600,00 € (estimado en 6 horas de atención grupal por persona).
Preparación de talleres grupales: Máximo de 2.800,00 € (estimado en 3 horas de preparación por taller).
Prospección: Máximo de 21.000,00 € (para contratar una persona técnica a jornada completa durante 6 meses).
Empleo con apoyo: Máximo de 21.000,00 € (para contratar una persona técnica a jornada completa durante 6 meses).
Coordinación: Máximo de 21.000,00 € (estimado en el 50 % del coste de la jornada laboral anual).
Personal administrativo: Coste salarial máximo de 25.200,00 € (para una persona).
Dietas y desplazamientos: Límite máximo del 6% de los costes salariales y de Seguridad Social imputados.
Gastos generales directos: Límite máximo del 7% de los costes salariales y de Seguridad Social (con un máximo de 6 € por persona usuaria para material de oficina y 600 € para reparación y mantenimiento de ordenadores).
Gastos generales indirectos: Límite máximo del 3% de los costes salariales y de Seguridad Social.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo para la presentación de solicitudes es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de la convocatoria junto con su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
La tramitación y presentación de las solicitudes se debe realizar obligatoriamente por vía electrónica a través del Punto de Acceso General Electrónico de la Junta de Extremadura, en el enlace directo: https://www.juntaex.es/w/0628222?inheritRedirect=true.
Preguntas frecuentes
¿A cuántas personas desempleadas debe atender cada entidad beneficiaria?
Cada entidad beneficiaria tiene la obligación de atender a un número de **250 personas usuarias** dentro del programa.
¿Se pueden modificar las partidas de la subvención que han sido concedidas?
Sí, las entidades pueden solicitar modificaciones de las partidas siempre que no se supere el límite máximo para gastos generales (directos e indirectos), no implique un incremento de la subvención total ni se superen los límites salariales establecidos, y se solicite hasta **tres meses** antes de finalizar el plazo de ejecución.
¿Qué límite tienen los gastos de viaje y representación?
Los gastos de dietas y desplazamientos no pueden superar el límite establecido por la Junta de Extremadura en el Decreto 42/2025, de 19 de mayo, y el importe máximo aplicable al proyecto será el resultado de aplicar el **6%** a los costes salariales y de Seguridad Social imputados.