Orden de 23 de febrero de 2026 de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo por la que se convocan subvenciones a CEE para complementar costes salariales de trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad.
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, UNIVERSIDADES, EMPLEO Y COMERCIO
Importe total: 766.320 €
Apertura del plazo: 24 de febrero de 2026
Cierre del plazo: 31 de octubre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES, ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO, ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS, ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEADORES Y COMO PRODUCTORES DE BIENES Y SERVICIOS NO DIFERENCIADOS PARA USO PROPIO, ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS, ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA, AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA, COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR, CONSTRUCCIÓN, EDUCACIÓN, HOSTELERÍA, INDUSTRIA MANUFACTURERA, INDUSTRIAS EXTRACTIVAS, ORGANISMOS EXTRATERRITORIALES, OTROS SERVICIOS, SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN, SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO, TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Ámbito territorial: Castilla y León
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 889159
A quién va dirigida
Esta convocatoria va dirigida a los centros especiales de empleo que cumplan las siguientes condiciones:
Estar inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Castilla y León.
Desarrollar su actividad en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.
Requisitos
Los beneficiarios deberán cumplir con el siguiente requisito:
Cumplir el requisito del porcentaje mínimo de trabajadores con discapacidad establecido en el artículo 43.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, durante el período subvencionable solicitado.
Qué se subvenciona
Se financian parcialmente los costes salariales de trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad.
Las solicitudes de subvenciones se resolverán por orden cronológico de presentación desde que el expediente esté completo.
Cuantía
La cuantía consiste en el abono del 15 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente en cada anualidad correspondiente, por cada puesto de trabajo ocupado por personas con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad.
El presupuesto total asignado a esta convocatoria es de 766.320 EUR.
Plazo y cómo solicitarla
La solicitud se realiza de forma electrónica a través de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS 889159.
Los plazos de presentación de solicitudes se dividen en dos periodos según los costes salariales subvencionados:
Para los costes salariales del período entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de abril de 2026: el plazo de presentación es del 1 al 31 de mayo de 2026.
Para los costes salariales del período entre el 1 de mayo de 2026 y el 30 de septiembre de 2026: el plazo de presentación es del 1 al 31 de octubre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se deciden las solicitudes si se agota el presupuesto?
Las solicitudes de subvenciones se resolverán por estricto **orden cronológico de presentación** desde el momento en el que el expediente esté completo.
¿Cuál es la cuantía exacta de la ayuda para cada puesto de trabajo?
La ayuda equivale al **15 por ciento del salario mínimo interprofesional** vigente en cada anualidad por cada puesto de trabajo destinado a personas con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad.
¿Qué periodos de costes salariales puedo solicitar en cada plazo?
En el plazo del **1 al 31 de mayo de 2026** se solicitan los costes del periodo entre el **1 de diciembre de 2025 y el 30 de abril de 2026**. En el plazo del **1 al 31 de octubre de 2026** se solicitan los costes del periodo entre el **1 de mayo de 2026 y el 30 de septiembre de 2026**.