Decreto de Alcaldía 65/2026, de 9 de octubre de 2026, del Ayuntamiento de Villabuena de Álava/Eskuernaga, por el que se convocan ayudas para el estudio del euskera correspondientes al curso 2025-2026.
AYUNTAMIENTO DE VILLABUENA DE ÁLAVA/ESKUERNAGA
Importe total: 500 €
Apertura del plazo: 09 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 19 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Otra educación
Ámbito territorial: País Vasco · Araba/Álava
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 934718
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a personas físicas que no desarrollan actividad económica, vecinas del municipio de Villabuena de Álava/Eskuernaga que estudien euskera.
Requisitos
Para poder optar a la ayuda, debes cumplir los siguientes requisitos:
Ser mayor de 16 años.
Estar empadronado/a en Villabuena de Álava/Eskuernaga con una antelación mínima de un año de forma ininterrumpida al inicio del curso subvencionable.
Haber asistido, como mínimo, al 80 por ciento de las horas impartidas en el curso.
Qué se subvenciona
Se subvencionan parcialmente los gastos de matrícula ocasionados por el aprendizaje de euskera. Serán subvencionables los cursos realizados entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de junio de 2026 en euskaltegis o centros habilitados u homologados.
Cuantía
El importe total destinado a esta convocatoria es de 500 euros. La cuantía de la ayuda se calcula de la siguiente manera:
Hasta el 75 por ciento del importe de la matrícula para personas en situación de desempleo o perceptoras de renta de garantía de ingresos o ayudas de emergencia social.
Hasta el 50 por ciento del importe de la matrícula para el resto de solicitantes.
La cuantía máxima individual por persona es de 600 euros (sujeta al límite del crédito global de la convocatoria).
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes es de un mes, que comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava.
Para solicitarla, deberás presentar la solicitud acompañada de:
Acreditación de la matrícula, realización y asistencia al curso.
Justificante de pago de la matrícula.
Documentación que acredite las circunstancias personales en caso de solicitar el porcentaje incrementado del 75 por ciento de la ayuda.
Preguntas frecuentes
¿Qué porcentaje de mi matrícula me pueden devolver?
Te pueden subvencionar hasta el **75 por ciento** de la matrícula si estás en desempleo o recibes la renta de garantía de ingresos o ayudas de emergencia social, y hasta el **50 por ciento** en el resto de los casos.
¿Se exige un mínimo de asistencia al curso de euskera?
Sí, es un requisito obligatorio haber asistido, como mínimo, al **80 por ciento** de las horas impartidas.
¿Qué fechas deben tener los cursos para que sean subvencionables?
Los cursos de euskera deben haberse realizado entre el **1 de octubre de 2025 y el 30 de junio de 2026**.