Decreto número 27660/2026, del 1de octubre, por el que se abre convocatória para la concesión de subvenciones, en regimen de concurréncia pública no competitiva, destinadas a la limpieza o repintada de pintadas no autoritzadas en fachadas y muros que
AYUNTAMIENTO DE TERRASSA
Importe total: 50.000 €
Apertura del plazo: 08 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 16 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES
Ámbito territorial: Cataluña · Barcelona
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 934422
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a:
Personas físicas (que no desarrollan actividad económica).
Personas jurídicas (que no desarrollan actividad económica) que estén inscritas en los registros oficiales correspondientes. En el caso de entidades sin ánimo de lucro de Terrassa, deben estar además inscritas en el Registro Municipal de Entidades y Asociaciones Ciudadanas (RMEAC).
Comunidades de propietarios.
Todos los solicitantes deben ser titulares o cotitulares de los inmuebles cuya fachada o muro sea objeto de la subvención.
Qué se subvenciona
Se subvenciona la eliminación, mediante limpieza o repintado, de las pintadas no autorizadas o grafitis existentes en fachadas y muros que sean visibles desde la vía pública y den a la misma, fruto de actos de vandalismo y comportamientos incívicos en el municipio de Terrassa.
Cuantía
El presupuesto total destinado a esta convocatoria es de 50.000,00 €.
La ayuda será, como máximo, equivalente al 50 % del coste acreditado de las actuaciones.
El importe máximo de la subvención no podrá superar los 200,00 euros por persona o entidad beneficiaria.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes se inicia el 8 de octubre de 2026 (el día siguiente al de la publicación de la convocatoria).
El plazo permanecerá abierto hasta el agotamiento del crédito presupuestario y, en todo caso, como máximo hasta el 30 de octubre de 2026.
El procedimiento de concesión se realiza en régimen de concurrencia pública no competitiva.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se asignan estas subvenciones?
Se otorgan en régimen de **concurrencia no competitiva**, lo que significa que se conceden por orden de presentación hasta el agotamiento del crédito presupuestario disponible.
¿Puedo solicitar la ayuda si la pintada está en un patio interior?
No, la limpieza o repintado debe realizarse en fachadas y muros que den y sean **visibles desde la vía pública**.
¿Qué porcentaje del coste de la limpieza cubre la ayuda?
La subvención cubre como máximo el **50 %** del coste acreditado de la actuación, con un límite máximo de **200,00 euros** por beneficiario.