Bases reguladoras específicas y convocatoria del programa de subvenciones para la promoción y fomento de la cultura desde las asociaciones culturales de Ferrol, en régimen de concurrencia competitiva para el año 2026
AYUNTAMIENTO DE FERROL
Importe total: 48.000 €
Apertura del plazo: 01 de enero de 2026
Cierre del plazo: 31 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales
Ámbito territorial: Galicia · A Coruña
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 933438
A quién va dirigida
Esta convocatoria está destinada a las asociaciones culturales y entidades sin ánimo de lucro (personas jurídicas que no desarrollan actividad económica) que estén legalmente constituidas y que tengan su sede y ámbito de actuación en el término municipal del Ayuntamiento de Ferrol.
Requisitos
Para poder optar a la subvención, las entidades interesadas deben cumplir con los siguientes requisitos:
Fomentar la cultura dentro del término municipal de Ferrol.
Estar legalmente constituidas.
Cumplir con los requisitos específicos detallados en la base tercera de las bases reguladoras.
Qué se subvenciona
La financiación está destinada al programa de promoción y fomento de la cultura promovido por las asociaciones culturales y entidades sin ánimo de lucro de Ferrol para el ejercicio 2026.
Cuantía
El presupuesto total asignado a esta convocatoria asciende a 48.000 €, que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 05101 3341 48000 de los presupuestos municipales del Ayuntamiento de Ferrol para el año 2026. El procedimiento de concesión se realizará bajo el régimen de concurrencia competitiva.
Plazo y cómo solicitarla
Las solicitudes deben dirigirse al órgano competente y tramitarse obligatoriamente de forma electrónica.
Cómo solicitarla: A través del Registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ferrol, utilizando el modelo que figura como anexo en las bases.
Plazo de presentación: El plazo es de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de A Coruña.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el plazo máximo que tiene el Ayuntamiento para resolver la concesión?
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de **nueve meses** contados desde el día de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
¿Qué ocurre si transcurre el plazo de resolución sin recibir respuesta?
Si transcurre el plazo de nueve meses sin que se haya notificado una resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.
¿Dónde se publicarán los resultados y las notificaciones de este procedimiento?
Tanto la propuesta de resolución provisional como la resolución definitiva se publicarán en el **Tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Ferrol**. Además, las subvenciones concedidas se remitirán a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).