Subvención nominativa a la Universitat Politécnica de València para el desarrollo durante el ejercicio 2026 de las actividades vinculadas a la Cátedra de Transición Energética (CATENERG)

FUNDACIÓN DE LA CV PARA LA PROMOCIÓN ESTRATÉGICA, EL DESARROLLO Y LA INNOVACIÓN URBANA (INNDEA)

A quién va dirigida

Esta subvención nominativa va dirigida de forma exclusiva a la Universitat Politècnica de València (UPV), con NIF Q4618002B, entidad de Derecho público que impulsa actuaciones a través de la Cátedra de Transición Energética Urbana (CATENERG).

*(Nota: Aunque el código de la Base de Datos Nacional de Subvenciones clasifique formalmente la categoría de beneficiarios como pymes y personas físicas con actividad económica, el extracto oficial determina de forma nominativa y directa a la UPV como única beneficiaria).*

Requisitos

Para poder percibir el pago de la subvención, la entidad beneficiaria debe cumplir con los siguientes requisitos:

Qué se subvenciona

Se financia parcialmente el desarrollo, durante el ejercicio 2026, de las actividades vinculadas a la Cátedra de Transición Energética Urbana (CATENERG), bajo el área estratégica Urban Tech de València Innovation Capital.

Las actuaciones subvencionadas incluyen:

Cuantía

El importe de la subvención es de un total de 45.000 euros, con cargo al presupuesto de la Fundación del ejercicio 2026.

Esta ayuda es compatible con otras subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, siempre que la acumulación de las ayudas no supere el coste total de la actividad subvencionada.

Plazo y cómo solicitarla

Al tratarse de una subvención nominativa de concesión directa, se instrumenta mediante un convenio de colaboración entre las partes (aprobado por Resolución R110/2026). El periodo de desarrollo de las actividades comprende desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026.

Para la justificación de los fondos:

Obligaciones

La entidad beneficiaria está obligada a:

Preguntas frecuentes

¿Es compatible esta subvención con otras ayudas?

Sí, es totalmente compatible con otras subvenciones, ingresos o recursos destinados a la misma finalidad, siempre y cuando la suma de todas las ayudas no supere el coste total de la actividad subvencionada.

¿Cómo y cuándo se deben presentar los justificantes de gasto?

La justificación se realiza mediante una cuenta justificativa con los gastos del ejercicio **2026**, memoria de actuación y relación de gastos. El plazo límite para presentarla es de **un mes** a contar desde el **31 de diciembre de 2026**, aunque se pueden realizar justificaciones parciales con una frecuencia máxima **bimestral**.

Convocatoria oficial

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