Subvención nominativa a la Universitat Politécnica de València para el desarrollo durante el ejercicio 2026 de las actividades vinculadas a la Cátedra de Transición Energética (CATENERG)
FUNDACIÓN DE LA CV PARA LA PROMOCIÓN ESTRATÉGICA, EL DESARROLLO Y LA INNOVACIÓN URBANA (INNDEA)
Importe total: 45.000 €
Apertura del plazo: 01 de enero de 2026
Cierre del plazo: 31 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Investigación y desarrollo, Otras actividades profesionales, científicas y técnicas
Ámbito territorial: C. Valenciana · Valencia / València
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 932286
A quién va dirigida
Esta subvención nominativa va dirigida de forma exclusiva a la Universitat Politècnica de València (UPV), con NIF Q4618002B, entidad de Derecho público que impulsa actuaciones a través de la Cátedra de Transición Energética Urbana (CATENERG).
*(Nota: Aunque el código de la Base de Datos Nacional de Subvenciones clasifique formalmente la categoría de beneficiarios como pymes y personas físicas con actividad económica, el extracto oficial determina de forma nominativa y directa a la UPV como única beneficiaria).*
Requisitos
Para poder percibir el pago de la subvención, la entidad beneficiaria debe cumplir con los siguientes requisitos:
Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social con carácter previo a cualquier pago.
Someterse a las actuaciones de seguimiento, comprobación y control previstas en la normativa de subvenciones y en el convenio regulador.
Qué se subvenciona
Se financia parcialmente el desarrollo, durante el ejercicio 2026, de las actividades vinculadas a la Cátedra de Transición Energética Urbana (CATENERG), bajo el área estratégica Urban Tech de València Innovation Capital.
Las actuaciones subvencionadas incluyen:
Inteligencia de datos y planificación energética urbana.
Modelado y simulación de infraestructuras urbanas, edificación eficiente y gemelos digitales.
Acciones de transferencia de conocimiento, divulgación y fortalecimiento del ecosistema de innovación en transición energética.
Cuantía
El importe de la subvención es de un total de 45.000 euros, con cargo al presupuesto de la Fundación del ejercicio 2026.
Esta ayuda es compatible con otras subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, siempre que la acumulación de las ayudas no supere el coste total de la actividad subvencionada.
Plazo y cómo solicitarla
Al tratarse de una subvención nominativa de concesión directa, se instrumenta mediante un convenio de colaboración entre las partes (aprobado por Resolución R110/2026). El periodo de desarrollo de las actividades comprende desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026.
Para la justificación de los fondos:
El plazo máximo de presentación de la justificación finaliza un mes después del 31 de diciembre de 2026 (es decir, el 31 de enero de 2027).
Se permite la presentación de justificaciones parciales durante la vigencia del convenio, con una periodicidad máxima bimestral.
La justificación se realizará mediante cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto del ejercicio 2026, una memoria de actuación, una relación clasificada de gastos y la acreditación de otras fuentes de financiación si las hubiera.
Obligaciones
La entidad beneficiaria está obligada a:
Justificar los gastos en los plazos y formas establecidos.
Mantenerse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.
Cumplir con las obligaciones estipuladas en el convenio de colaboración y la normativa aplicable, bajo riesgo de pérdida del derecho al cobro o reintegro total o parcial de los fondos en caso de incumplimiento.
Preguntas frecuentes
¿Es compatible esta subvención con otras ayudas?
Sí, es totalmente compatible con otras subvenciones, ingresos o recursos destinados a la misma finalidad, siempre y cuando la suma de todas las ayudas no supere el coste total de la actividad subvencionada.
¿Cómo y cuándo se deben presentar los justificantes de gasto?
La justificación se realiza mediante una cuenta justificativa con los gastos del ejercicio **2026**, memoria de actuación y relación de gastos. El plazo límite para presentarla es de **un mes** a contar desde el **31 de diciembre de 2026**, aunque se pueden realizar justificaciones parciales con una frecuencia máxima **bimestral**.