DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA
Estas ayudas están destinadas a las siguientes entidades en el ámbito de Castilla-La Mancha:
*(Nota: Según la BDNS, las categorías de beneficiarios se corresponden con PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica).*
El aprovechamiento de las energías renovables en Castilla-La Mancha, con la finalidad de incentivar el uso de energías limpias para un modelo de desarrollo sostenible y de ahorro energético. Las actuaciones deberán ajustarse a lo previsto en el artículo 11 de la Orden 52/2026, de 14 de abril.
El plazo para ejecutar estas actuaciones es de un máximo de 15 meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión de la ayuda. Existe la posibilidad de solicitar una ampliación de este plazo por un periodo adicional máximo de 6 meses, mediante solicitud motivada de la comunidad interesada dentro del plazo de ejecución.
La convocatoria cuenta con una financiación total de 10.668.240,50 euros de fondos propios (aunque la BDNS indica un importe registrado de 2.133.654,1 euros), bajo el régimen de ayudas de mínimis conforme al Reglamento (UE) 2023/2831.
El plazo de presentación de solicitudes es de seis meses, abriéndose el 9 de septiembre de 2026 y finalizando el 8 de marzo de 2027.
Las solicitudes se deben presentar exclusivamente de forma telemática con firma electrónica a través del formulario online disponible en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Los documentos originales deben ser digitalizados y adjuntados a la solicitud como archivos anexos. Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Dirección General competente en materia de energía.
El plazo de ejecución es de un **máximo de 15 meses** contados desde el día siguiente a la notificación de la concesión de la ayuda, prorrogable de forma motivada por un **máximo de 6 meses** más.
La presentación es **únicamente telemática** con firma electrónica a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, digitalizando y anexando todos los documentos originales.
Estas ayudas se rigen bajo el régimen de mínimis de acuerdo con el **Reglamento (UE) 2023/2831**.
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