DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GIRONA
No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.
La Diputación Provincial de Girona ha lanzado una convocatoria de subvención directa destinada a apoyar a determinadas entidades en el ámbito territorial de Cataluña, concretamente en la provincia de Girona. Esta ayuda económica se enmarca dentro del sector de Actividades Administrativas y Servicios Auxiliares, con una finalidad orientada a "Otras Prestaciones económicas". Es crucial que los potenciales beneficiarios comprendan los detalles específicos de esta subvención para asegurar una correcta gestión y aplicación.
Esta subvención está dirigida exclusivamente a Personas Jurídicas que NO desarrollan actividad económica. Esto significa que las entidades con ánimo de lucro o que realicen actividades comerciales no son elegibles para esta ayuda. El ámbito territorial de aplicación es Cataluña, focalizado específicamente en la provincia de Girona, con referencia a la localidad de Viladrau. Es fundamental que las entidades interesadas verifiquen su naturaleza jurídica y la ausencia de actividad económica para poder optar a esta ayuda.
Los datos oficiales disponibles especifican que los beneficiarios deben ser Personas Jurídicas que NO desarrollan actividad económica. Otros requisitos específicos de elegibilidad, como la forma jurídica concreta (asociación, fundación, entidad pública, etc.), el volumen de actividad, el ámbito de actuación o la antigüedad, no han sido detallados en la información oficial proporcionada. Por lo tanto, las entidades interesadas deberán consultar la convocatoria completa o contactar con el organismo gestor para obtener una lista exhaustiva de todos los requisitos exigibles.
La finalidad declarada de esta subvención es "Otras Prestaciones económicas". Sin embargo, la convocatoria no especifica qué tipo de gastos concretos son subvencionables bajo esta categoría. No se mencionan partidas elegibles como costes de personal, materiales, equipamiento, servicios externos, proyectos específicos o actividades concretas. Los objetivos de la ayuda tampoco han sido detallados en la información oficial. Por ello, es imprescindible que las entidades interesadas consulten el texto íntegro de la convocatoria para conocer las bases reguladoras que definen los gastos imputables y los conceptos subvencionables. Sin esta información, es imposible determinar qué acciones o inversiones serían financiables a través de esta subvención.
La cuantía total asignada a esta convocatoria es de 43.244,18 EUR. Dado que se trata de una "Subvención directa", no se establece un proceso de concurrencia competitiva. Sin embargo, no se especifica si esta cantidad corresponde a una asignación única a un solo beneficiario o si se distribuye entre múltiples entidades, ni cómo se determinaría la cuantía individual en este último caso. Los objetivos concretos de esta asignación no han sido detallados en la información disponible.
El periodo de apertura de la convocatoria se inició el 1 de enero de 2026 y el plazo de cierre está fijado para el 31 de diciembre de 2026. Esto implica que las solicitudes y gestiones relacionadas deben realizarse dentro de este amplio marco temporal. Es importante tener en cuenta que, aunque el plazo sea extenso, es recomendable no apurar hasta el final para evitar incidencias.
La información proporcionada no incluye detalles específicos sobre el procedimiento para solicitar esta subvención directa. No se menciona si hay un formulario de solicitud específico, qué documentación adjunta es necesaria, a través de qué plataforma se presenta (sede electrónica, registro físico, etc.) o si hay alguna fase previa de comunicación o justificación. Al tratarse de una subvención directa, es posible que los beneficiarios ya estén identificados o que el proceso sea más simplificado, pero esta información no está detallada. Para conocer los pasos exactos para la presentación de la solicitud, las entidades interesadas deberán remitirse al texto completo de la convocatoria de la Diputación Provincial de Girona.
Uno de los errores más comunes al optar a esta subvención sería no verificar si la entidad cumple estrictamente con el requisito de ser una Persona Jurídica que NO desarrolla actividad económica. Cualquier indicio de actividad económica, por mínima que sea, podría llevar a la exclusión. Otro error grave sería no consultar la documentación oficial completa para conocer los gastos subvencionables específicos y los objetivos detallados, ya que la información disponible es muy limitada en este aspecto. Además, es un error frecuente no respetar el plazo de cierre (31 de diciembre de 2026), aunque en este caso sea bastante amplio. Finalmente, la falta de información sobre cómo solicitarla implica que un error común podría ser asumir un procedimiento sin haber consultado las bases, lo que podría derivar en una solicitud incorrecta o incompleta.
No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.
La concede DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GIRONA; el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.
El importe registrado en la BDNS es de 43.244 €.
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