Convocatòria per la subvenció per l¿elaboració de plans municipals de biblioteques, projectes de construcció o adequació (bàsics i executius), i projectes de mobiliari i de senyalització per a biblioteques públiques de l¿any 2026
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GIRONA
Importe total: 55.577 €
Apertura del plazo: 12 de mayo de 2026
Cierre del plazo: 31 de diciembre de 2026
Beneficiarios: GRAN EMPRESA, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales
Ámbito territorial: Cataluña · Girona
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 911487
A quién va dirigida
Esta convocatoria está dirigida exclusivamente a los ayuntamientos de la demarcación de Girona que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
Que no dispongan de biblioteca pública.
Que no tengan su biblioteca adecuada a los parámetros del Mapa de lectura pública de Catalunya y a los estándares de la Generalitat de Catalunya.
Qué se subvenciona
Se financia la redacción y elaboración de los siguientes documentos técnicos orientados a bibliotecas públicas:
Elaboración de planes municipales de bibliotecas (reservado únicamente para municipios de más de 30.000 habitantes que no dispongan de ellos).
Redacción de proyectos básicos o ejecutivos de obras de construcción, ampliación, reforma o rehabilitación.
Redacción de proyectos de mobiliario y/o de señalización de nuevas bibliotecas, siempre que estos no estén ya incluidos en el proyecto ejecutivo.
Las actuaciones, actividades o inversiones deben haberse llevado a cabo a partir del 1 de enero de 2025.
Cuantía
El presupuesto total destinado a esta convocatoria es de 352.263,00 € (distribuido en dos aplicaciones presupuestarias de 15.000,00 € y 337.263,00 €).
Este crédito inicial podrá ser ampliado con una cuantía adicional de como máximo un 50 % en caso de disponibilidad de crédito de otras convocatorias o modificaciones presupuestarias.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: El plazo es de quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona (BOPG).
Vía de tramitación: Las solicitudes se deben presentar obligatoriamente de forma telemática a través de la plataforma EACAT, firmadas electrónicamente con un certificado validado en la plataforma PSIS del Consorci d'Administració Oberta de Catalunya.
Formulario: Se debe utilizar el modelo normalizado disponible en la web de la Diputació de Girona.
Criterios de valoración
Las solicitudes se valorarán de forma competitiva sobre un máximo de 100 puntos según los siguientes criterios:
1. Tipo de equipamiento y situación de la lectura pública (hasta 50 puntos):
Municipios de más de 5.000 habitantes sin servicio de lectura pública: 50 puntos.
Bibliotecas centrales comarcales o urbanas de más de 30.000 habitantes: 45 puntos.
Bibliotecas locales (población entre 5.000 y 29.999 habitantes): 40 puntos.
Bibliotecas de proximidad (segunda biblioteca o red en municipios de más de 30.000 habitantes): 30 puntos.
Bibliotecas filiales (municipios de hasta 4.999 habitantes): 25 puntos.
Puntos de información y lectura (PIL) que quieran adaptarse a los estándares mínimos: 25 puntos.
Adecuación total a los parámetros del Mapa de lectura pública: 10 puntos.
2. Porcentaje de cofinanciación municipal (hasta 20 puntos): Se otorgan 20 puntos automáticos a la solicitud con el porcentaje de aportación municipal más alto sobre el presupuesto del proyecto, y el resto se reparte proporcionalmente.
3. Fórmula de corresponsabilidad (hasta 10 puntos): Se otorgan 10 puntos automáticos a la solicitud con el mayor porcentaje de presupuesto municipal dedicado a la biblioteca (excluyendo inversión en obras) respecto a la última liquidación presupuestaria. El resto se reparte proporcionalmente.
4. Antigüedad del edificio de la biblioteca (hasta 10 puntos):
Anterior a la Ley 3/1981: 10 puntos.
Entre la Ley 3/1981 y la Ley 4/1993: 8 puntos.
Entre 1993 y 2010: 6 puntos.
Posterior al año 2010: 4 puntos.
Preguntas frecuentes
¿De cuánto tiempo dispone el ayuntamiento para ejecutar el proyecto subvencionado?
El plazo se inicia al día siguiente de la notificación de la resolución y varía según el objeto: **diez meses** para planes municipales y proyectos básicos; **catorce meses** para proyectos ejecutivos; y **ocho meses** para proyectos de mobiliario y señalización. Este plazo se puede ampliar un máximo de **seis meses** por causas justificadas.
¿Cuál es el plazo para presentar la justificación de la subvención?
El ayuntamiento dispone de un plazo de **treinta días** a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de ejecución del proyecto.
¿Qué recursos se pueden interponer si no se está de acuerdo con la resolución?
Se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de Girona en el plazo de **dos meses**, o bien, de forma potestativa, un recurso de reposición ante la Junta de Gobierno de la Diputació de Girona en el plazo de **un mes**, ambos plazos a contar desde el día siguiente de recibir la notificación.