Orden 134/2026 de 23 septiembre Consejería de Fomento, bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones a la mejora de la accesibilidad en y a viviendas de CLM 26

DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA

A quién va dirigida

Requisitos

Qué se subvenciona

Actuaciones que mejoren el cumplimiento de los parámetros de seguridad de utilización y accesibilidad (DB-SUA del Código Técnico de la Edificación). Las obras deben haberse iniciado entre el 1 de julio de 2024 y el 31 de diciembre de 2025.

Cuantía

La ayuda cubre con carácter general el 60% del coste subvencionable, incrementándose al 80% si en el inmueble reside una persona con discapacidad o mayor de 65 años. Se aplican además los siguientes límites máximos:

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de solicitud permanece abierto desde el 1 de octubre de 2026 hasta el 30 de noviembre de 2026, salvo que el crédito asignado se agote antes.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda si vivo en régimen de alquiler?

Sí. Es posible si acuerdas con la propiedad costear las obras a cuenta del pago de la renta y obtienes el acuerdo formal que te faculte para tramitar la subvención.

¿Qué plazo de ejecución deben tener las obras para ser válidas?

Las actuaciones subvencionables deben haberse iniciado necesariamente entre el **1 de julio de 2024 y el 31 de diciembre de 2025**.

¿Sube el porcentaje subvencionado si conviven personas mayores?

Sí. El porcentaje general de ayuda pasa del **60% al 80%** del coste subvencionable si en la vivienda o edificio reside al menos una persona **mayor de 65 años** o con discapacidad.

Convocatoria oficial

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Subvenciones en Albacete · Subvenciones en Castilla-La Mancha

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