Resolución del 25 septiembre de 2026 del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, por la que se convocan ayudas al establecimiento de personas jóvenes agricultoras y nuevos agricultores de la Comunitat Valenciana en el marco del Pl
AGENCIA VALENCIANA DE FOMENTO Y GARANTÍA AGRARIA
Importe total: 8.270.000 €
Apertura del plazo: 05 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 04 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA
Ámbito territorial: C. Valenciana
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 931561
A quién va dirigida
A personas físicas y pymes que cumplan la definición de persona joven agricultora o nuevo agricultor y que vayan a establecerse por primera vez en una explotación agraria.
Requisitos
Para acceder a la ayuda es necesario:
Establecerse por primera vez como titular de una explotación agraria en el territorio de la Comunitat Valenciana.
Presentar un plan empresarial que, tras su ejecución, garantice que:
La persona solicitante cumpla los requisitos para ser considerada persona agricultora profesional.
La explotación alcance una dimensión mínima de 1 Unidad de Trabajo Agrario (UTA).
La explotación obtenga la calificación de explotación prioritaria.
Qué se subvenciona
El establecimiento como titulares de explotaciones agrarias en la Comunitat Valenciana a través de dos líneas:
Ayudas al establecimiento de personas jóvenes agricultoras (Intervención 6961.1).
Ayudas al establecimiento de nuevos agricultores (Intervención 6961.2).
La convocatoria cuenta con un presupuesto global de 8.270.000 EUR.
Cuantía
Línea para personas jóvenes agricultoras:
Prima básica: 30.000 EUR.
Importe máximo: hasta 80.000 EUR.
Incrementos de 10.000 EUR acumulables si el plan empresarial contempla:
Instalación en una entidad asociativa con personalidad jurídica calificada como explotación prioritaria (incompatible con el incremento por superar 2 UTA).
Utilización de más de 2 UTA.
Explotación mixta con un mínimo de 0,5 UTA agrícola y 0,5 UTA ganadera.
Más del 50 % de las UTA en zonas con limitaciones naturales, otras limitaciones específicas o red Natura 2000.
Instalaciones para acondicionar o transformar al menos el 25 % de la producción obtenida.
Recuperación de tierras en abandono que supongan al menos 0,5 UTA.
Actuaciones de mejora de la competitividad, I+D+i y transferencia de conocimiento.
Línea para nuevos agricultores:
Prima básica: 20.000 EUR.
Importe máximo: hasta 70.000 EUR.
Incrementos de 10.000 EUR acumulables si se prevé:
Utilización de más de 2 UTA.
Explotación mixta con al menos 0,5 UTA agrícola y 0,5 UTA ganadera.
Más del 50 % de las UTA en zonas con limitaciones naturales/específicas o red Natura 2000.
Acondicionamiento o transformación de al menos el 25 % de la producción.
Recuperación de tierras abandonadas equivalentes a un mínimo de 0,5 UTA.
Mejora de la competitividad, I+D+i y transferencia de conocimiento.
Abono de la ayuda:
Se paga en dos partes: un primer pago del 70 % al acreditar el establecimiento y el 30 % restante al finalizar la ejecución del plan empresarial.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación es de dos meses, desde el 5 de octubre de 2026 hasta el 4 de diciembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Cómo y cuándo se cobra la ayuda?
El abono se realiza en dos fases: un primer pago correspondiente al **70 %** del importe total una vez acreditado el establecimiento, y el **30 %** restante cuando se justifique la finalización del plan empresarial.
¿Hasta qué cantidad puede recibir una persona joven agricultora?
La ayuda parte de una prima básica de **30.000 EUR** y puede alcanzar un máximo de **80.000 EUR** si cumple los requisitos para sumar complementos adicionales de **10.000 EUR**.
¿Qué tamaño mínimo debe alcanzar la explotación agraria?
El plan empresarial debe asegurar que la explotación alcance al menos **1 Unidad de Trabajo Agrario (UTA)** y obtenga la calificación de prioritaria tras su ejecución.